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91 NORMAS LEGALES Viernes 12 de mayo de 2023 El Peruano / VISTO: El Informe N° 067-2023-GPP-MDP emitido por la Gerencia Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 126-2023-GAJ/MDP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 206-2023-GM/MDP emitido por la Gerencia Municipal, respecto al Proyecto del Texto Único de Servicios no Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Pucusana correspondiente al año 2023; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194° de la Constitución Política y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.1 del artículo N° 50 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 2744, Ley de Procedimiento Administrativo General establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo N° 60 de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal.”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 247-2020- MDP se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Pucusana; Que, mediante Informe N° 067-2023-GPP-MDP de fecha 10 de abril de 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto fundamenta el consolidado del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Pucusana estableciendo los requisitos y precios de dichos servicios, a fi n de contar con el instrumento normativo actualizado, el mismo que ha sido elaborado en coordinación con todas las áreas prestadoras del municipio; Que, mediante Informe Legal N° 126-2023-GAJ- MDP de fecha 14 de abril de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación mediante resolución de alcaldía del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Pucusana habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender la política de mejora continua de los servicios de carácter no exclusivos prestados por la entidad municipal; Que, mediante el Memorándum Nº 016-206-2023-GM/ MDP de fecha 17 de abril de 2023, la Gerencia Municipal deriva los actuados a la Secretaría General, a fi n de que se emita el acto resolutivo correspondiente; En este sentido, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27 972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Pucusana, cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 247-2020-AL-MDP, así como todo dispositivo que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a las unidades orgánicas competentes de acuerdo a sus funciones. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Secretaría General la publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA Alcalde 2177111-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Convocan a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Punta para el periodo 2023-2025 y designan miembros del Comité Electoral DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2023-MDLP/AL La Punta, 8 de mayo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTOS:El Memorando Nº 257-2023-MDLP/GDH emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe Nº 026-2023-MDLP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 276-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, asimismo, en su artículo 116º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contempla en materia de Juntas Vecinales que, los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, de los Regidores o a petición de los vecinos constituyen Juntas Vecinales, mediante Convocatoria Pública a Elecciones, precisando la norma que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse. Que, a su vez, los artículos 109º y 110º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, y la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; así como, que el delegado vecinal comunal es elegido, en forma directa, por los vecinos del área urbana o rural a la que representan; Que, mediante Ordenanza Nº 012-2021-MDLP/AL, se prorrogó la elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales Período 2019-2021 hasta que puedan convocarse las nuevas elecciones con las garantías sanitarias y transparencia electoral conforme a ley, debido a la Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional por los efectos del COVID-19. Del