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75 NORMAS LEGALES Viernes 12 de mayo de 2023 El Peruano / política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Edith Luz Holgado Vera, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal del Callao, su designación en el Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado con sede desconcentrada Callao y las prórrogas de sus vigencias, así como su incorporación al Equipo Especial de Fiscales, con competencia nacional, que se avocan al conocimiento exclusivo de las investigaciones penales por los delitos de crimen organizado, corrupción de funcionarios y conexos que estén relacionados con el denominado caso “Cuellos Blancos del Puerto”, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2008-2019-MP-FN, 983-2020-MP-FN y 765-2023-MP-FN, de fechas 26 de julio de 2019, 07 de septiembre de 2020 y 30 de marzo de 2023, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Edith Luz Holgado Vera, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2176999-1 Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1091-2023-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 322-2023-MP-FN-PJFSCALLAO, cursado por la abogada Jesús María Elena Guerra Cerrón de Mullner, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, mediante el cual se eleva la propuesta de rotación de personal fi scal del Distrito Fiscal a su cargo. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar a los fi scales sobre los cuales versa el pedido de rotación descrito en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación, y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Daniel Castillo Ibarra, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2424-2019-MP-FN, de fecha 09 de septiembre de 2019. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Akemi Mariella Figueroa Suárez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao y su designación en el Pool de Fiscales del Callao, así como la prórroga de la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 022 y 753-2023-MP-FN, de fechas 05 de enero y 30 de marzo de 2023, respectivamente. Artículo Tercero .- Nombrar al abogado José Daniel Castillo Ibarra, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en el Pool de Fiscales del Callao. Artículo Cuarto .- Nombrar a la abogada Akemi Mariella Figueroa Suárez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual del Callao. Artículo Quinto .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en los artículos tercero y cuarto