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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2023 (14/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 14 de mayo de 2023 El Peruano / Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Paisaje Arqueológico de Qachir, recaída en el Informe de Inspección N° 009-2023-DDC-AYA-MC de fecha 13 de abril de 2023, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000473-2023-DSFL/MC, sustentado en el Informe N° 000057-2023-DSFL-LTP/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 009-2023-DDC-AYA-MC, elaborado por el Lic. Pavel Marino Ochatoma Palomino; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Paisaje Arqueológico de Qachir; Que, mediante Informe Nº 000099-2023-DGPA-ARD/ MC de fecha 10 de mayo de 2023, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Paisaje Arqueológico de Qachir; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico de Qachir, ubicado en el distrito de Paras, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. El ámbito de la protección provisional se determina de acuerdo a lo descrito en el Plano Perimétrico con código PP-03-2023-DDC-AYA/MC-WGS84, presenta las siguientes coordenadas: PAISAJE ARQUEOLÓGICO DE QACHIR VÉRTICE LADO DIST. ANGULO ESTE NORTE V1 V1-V2 41.45 113°57’ 530398.972 8499761.169 V2 V2-V3 30.35 154°21’ 530362.085 8499742.256 V3 V3-V4 88.77 160°21’ 530343.733 8499718.080 V4 V4-V5 35.66 112°17’ 530316.965 8499633.443 V5 V5-V6 41.7 102°8’ 530344.350 8499610.601 V6 V6-V7 84.13 165°53’ 530377.192 8499636.297 V7 V7-V8 30.95 150°48’ 530428.810 8499702.729 V8 V8-V1 44.33 120°16’ 530433.464 8499733.328 Datum: WGS84 Zona UTM: 18LÁrea: 9 581.39 m² (0.9581 ha)Perímetro: 397.34 m Las especi fi caciones de la presente determinación de la protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 009-2023-DDC-AYA-MC de fecha 13 de abril de 2023, así como en los Informes N° 000473-2023-DSFL/MC, Informe N° 000057-2023-DSFL-LTP/MC y en el Plano Perimétrico con código PP-03-2023-DDC-AYA/MC-WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xLuego de realizada la reunión de coordinación con el alcalde del Centro Poblado de Vista Alegre Ccarhuaccocco, regidores y población civil se recomendó paralizar el crecimiento de las fronteras agrícolas y no usar el interior y exterior del abrigo rocoso como corral para el ganado vacuno. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Paras, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 009-2023-DDC-AYA-MC de fecha 13 de abril de 2023, el Informe N° 000473-2023-DSFL/MC, Informe N° 000057-2023-DSFL-LTP/MC e Informe Nº 000099-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PP-03-2023-DDC-AYA/MC-WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOIRA ROSA NOVOA SILVA Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2177396-1 Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Yurac Qaqa, ubicado en el distrito de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000082-2023-DGPA-MC San Borja, 11 de mayo de 2023