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26 NORMAS LEGALES Domingo 14 de mayo de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS ORTIZ MARREROS Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 2177560-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0625-2023-IN Mediante O fi cio Nº 001900-2023/IN/SG, la Secretaría General del Ministerio del Interior solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0625-2023-IN, publicada en la edición del día 13 de mayo de 2023. En la parte resolutiva:DICE:“Artículo 2. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos efectivos policialesUS$ 370,00 3 3 3 330,00 ” DEBE DECIR: “Artículo 2. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos efectivos policialesUS$ 370,00 3 2 2 220,00 ” 2177563-1 PRODUCE Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 346-2023-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 12 de mayo de 2023VISTOS:El Informe N° 076-2023-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 063-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 232-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 025-2023-PRODUCE/ PROINNOVATE.CT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, mediante Ley N° 29152 se establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, y mediante Decreto Supremo N° 003-2009-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley; Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, a través de la Ley N° 31638 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en cuyo artículo 59°, se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2023-PRODUCE, de fecha 4 de enero de 2023, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 232-2023-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 12 de mayo de 2023, la Unidad de Administración solicita la autorización