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29 NORMAS LEGALES Domingo 14 de mayo de 2023 El Peruano / Que, el literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, a favor de gobiernos locales, estableciendo en el inciso 16.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, a través del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 014-2023-LP/DE, se aprueba la “Guía Técnica para la Elaboración y Revisión de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 018- 2023-LP/DE, que aprueba la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2023”, dispone, aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2023”, en el año 2023, a la Modalidad de intervención 2: Intervención por emergencias o desastres naturales; sin perjuicio, de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia; Que, con Resolución Directoral Nº 019-2023- LP/DE, se aprueba la Directiva Nº 001-2023-LP/DE, denominada “Directiva para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata - Primera Convocatoria 2023”; en adelante, la Directiva, modi fi cada por las Resoluciones Directorales Nº 028- 2023-LP/DE y Nº 069-2023-LP/DE; Que, forma parte de la citada Directiva, el Anexo Nº 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata en distritos focalizados - Primera convocatoria 2023, en el cual se establecen las actividades a realizar por parte de los gobiernos locales y el Programa, y sus respectivos plazos; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 028-2023-LP/DE, se modi fi ca el Anexo Nº 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata en distritos focalizados - Primera Convocatoria 2023, que forma parte de la Directiva Nº 001-2023-LP/DE, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 019-2023-LP/DE; en adelante, el Cronograma; Que, con la Resolución Directoral Nº 036-2023-LP/DE del 22 de febrero de 2023, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2- Por emergencia, desastres o peligro inminente, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias, desastres naturales o peligro inminente. Tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés, permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas directa o indirectamente por una emergencia o desastre natural o peligro inminente, derivado de un fenómeno natural, o inducido por la acción humana; donde las personas no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC).” ; Que, con Resolución Directoral Nº 089-2023-LP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-43), en distritos focalizados – Primera convocatoria 2023 – Grupo Nº 03, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan cuatrocientos diez (410) Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-43), con un aporte total de S/ 57 052 398,00 (Cincuenta y Siete Millones Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Ocho y 00/100 Soles);Que, con Informe Nº 026-2023-LP/DE/UFGI, la Unidad Funcional de Gestión de Intervenciones indica que, en cumplimiento del Cronograma, las Unidades Territoriales Arequipa, Ayacucho, Cusco-Madre de Dios, Huancavelica, Huánuco-Pasco-Ucayali, Junín, La Libertad-Ancash Noroeste, Lima Norte-Callao, Lima Sur Este, Loreto, Puno y San Martín, han remitido cuatrocientos diez (410) convenios suscritos, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 57 052 398,00 (Cincuenta y Siete Millones Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Ocho y 00/100 Soles), cuya ejecución podría generar 18 233 empleos temporales; Que, asimismo, la mencionada Unidad Funcional de Línea señala que, ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, considera procedente que se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los Organismos ejecutores cuyo aporte total del Programa asciende al importe de S/ 57 052 398,00 (Cincuenta y Siete Millones Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Ocho y 00/100 Soles); Que, por su parte, mediante Informe Nº 0494-2023- LP/DE/UFPP, la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto informa sobre la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario - CCP Nº 0830 por el monto total ascendente a S/ 57 052 398,00 (Cincuenta y Siete Millones Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Ocho con 00/100 Soles), para fi nanciar el aporte total del Programa de las cuatrocientos diez (410) actividades de intervención inmediata antes mencionadas, garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo Nº 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectué la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte total del Programa de cuatrocientos diez (410) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de intervención 2- Por emergencia, desastres o peligro inminente, en distritos focalizados - Primera Convocatoria – Grupo Nº 03, cuyo importe total asciende a S/ 57 052 398,00 (Cincuenta y Siete Millones Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Ocho con 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal a) del inciso 16.1 e inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Informe Nº 246-2023-LP/DE/UFAJ, la Unidad Funcional de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 0535- 2023-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 261-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 0515-2023-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;