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28 NORMAS LEGALES Domingo 14 de mayo de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y, la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora YSABEL ROSARIO AYLLON FRANCO, en el cargo de Jefa de O fi cina, Nivel F-3, de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO VARELA BOHÓRQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2177551-1 Aprueban transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2023-TR Lima, 12 de mayo de 2023VISTOS: el O fi cio Nº 702-2023-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; el Memorando Nº 0535-2023-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 0515-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR, Nº 006-2017-TR, Nº 004-2020-TR, y la Ley Nº 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2022-TR, que aprueba el cambio de denominación de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por el de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y modi fi ca el Decreto Supremo Nº 004-2020-TR, se modi fi ca la denominación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, en adelante el Programa; Que, el artículo 2 del citado decreto supremo establece que, toda referencia en normas, documentos de gestión, comunicaciones, entre otros, efectuadas al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 105-2023- TR, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, estableciendo en su artículo 2 lo siguiente: “ Derogar el Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y sus modi fi catorias, salvo el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 182-2020-TR, una vez cumplido el plazo de implementación señalado en la Única Disposición Complementaria Final de la presente resolución.” ; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la precitada Resolución Ministerial dispone que, el Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, cuenta con un plazo no mayor a noventa (90) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de dicha Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, para realizar las acciones necesarias para la implementación del Manual de Operaciones aprobado; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 079-2023-LP/DE, se dispone que: “Al haberse concluido etapa 2 - Adecuación de las Unidades Funcionales y documentos de gestión, se da por implementado el Manual de Operaciones del Programa “Lurawi Perú”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 105-2023-TR, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º y en concordancia con la única disposición complementaria fi nal de la citada Resolución Ministerial.” ; Que, los literales a), b), c), y d) del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 004-2020-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa “Trabaja Perú”, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2022-TR, establecen que son funciones generales del Programa: a) Promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, pobreza, pobreza extrema o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social; b) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; c) Supervisar y monitorear la ejecución física, fi nanciera, y el bienestar del participante por proyecto de inversión y/o actividad de intervención inmediata intensiva en MONC, generadora de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, d) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa “Lurawi Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 105-2023-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de las personas en situación de desempleo, pobreza y pobreza extrema, o afectada por desastres naturales, o por emergencias o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual, establece como función general del Programa “Lurawi Perú”, la de promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, pobreza y pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales, o por emergencias, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia; a través del fi nanciamiento, co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social;