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12 NORMAS LEGALES Domingo 21 de mayo de 2023 El Peruano / Cód. Exp. Inicio y Llegada de la Línea EléctricaNivel de Tensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de la Faja de Servidumbre (m) 21255723 S.E. Pichu Pichu – S.E. San José 220 01 4,27 25 Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de ServidumbrePropietario 21255723 Ampliación de la S.E. San Jose Coordenadas UTM (WGS 84) Vértice Este Norte 1 200 535.8970 8 154 298.75702 200 630.5570 8 154 377.14203 200 682.0985 8 154 314.89904 200 587.3520 8 154 236.5600Área total: 9,927.94 m 2 Estado Artículo 4.- Disponer que la empresa CSF Continua Pichu Pichu S.A.C. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella, se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2178722-1Artículo 2.- Aplicar a la servidumbre establecida en el artículo que antecede, las normas de seguridad determinadas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la empresa CSF Continua Pichu Pichu S.A.C. adopte las medidas necesarias a fi n de que el área afectada por la servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. PRODUCE Aprueban el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 352-2023-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 19 de mayo de 2023VISTOS:El Informe N° 081-2023-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 066-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 245-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 026-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.CT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF;Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, a través de la Ley N° 31638 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en cuyo artículo 59°, se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2023-PRODUCE, de fecha 4 de enero de 2023, el