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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2023 (21/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 21 de mayo de 2023 El Peruano / SALUD Aprueban el Documento Técnico: Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Salud – PLANEFA 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2023/MINSA Lima, 19 de mayo del 2023 Visto, el Expediente N° DIGESA20230000089, que contiene los Informes N° D000018-2023-DIGESA-DFIS-MINSA y N° D000027-2023-DIGESA-DFIS-MINSA de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; el Memorándum N° D001199-2023-OGPPM-MINSA y el Informe N° D000052-2023-OGPPM-OPEE-MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000516-2023-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 4) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud ambiental e inocuidad alimentaria; Que, de acuerdo al artículo 7 de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las disposiciones de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, que establece los lineamientos, principios y bases comunes de la fi scalización ambiental en el país, así como las disposiciones generales que deben cumplir de manera obligatoria las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) en el ámbito del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA), regulando su articulación con el fi n de asegurar el ejercicio armónico de la fi scalización ambiental a su cargo, y la intervención coordinada y e fi ciente de las mismas; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la citada Resolución Ministerial de fi ne los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental (PLANEFA) como los instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) programa las acciones a su cargo en materia de fi scalización ambiental a ser efectuadas durante el año fi scal. Los PLANEFA son elaborados, aprobados y reportados en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA-CD, se aprueban los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA; Que, conforme al numeral 8.1 del artículo 8 de los mencionados Lineamientos, el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA); Que, de otro lado, el artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-SA, re fi ere que la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Salud Pública, que constituye la Autoridad Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, responsable en el aspecto técnico, normativo, vigilancia, supervigilancia de los factores de riesgo físicos, químicos y biológicos externos a la persona y fi scalización en materia de salud ambiental, la cual comprende: i) Calidad de agua para consumo humano, agua de uso poblacional y recreacional (playas y piscinas); características sanitarias de los sistemas de abastecimiento y fuentes de agua para consumo humano; agua de uso poblacional y recreacional; aire (ruido); ii) Juguetes y útiles de escritorio; iii) Manejo de residuos sólidos de establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo y de los generados en campañas sanitarias; iv) Cementerios; crematorios; traslado de cadáveres y restos humanos; exhumación, inhumación y cremación; así como en materia de inocuidad alimentaria, la cual comprende: i) Los alimentos y bebidas destinados al consumo humano; y, ii) Aditivos elaborados industrialmente de producción nacional o extranjera, con excepción de los alimentos pesqueros y acuícolas; así como las demás materias de competencia establecidas en la normatividad vigente en concordancia con las normas nacionales e internacionales; Que, con los documentos del visto, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria propone la aprobación del Documento Técnico: Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Salud – PLANEFA 2023; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Con el visado de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011- 2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Salud – PLANEFA 2023, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2179667-1 Modifican la Directiva Sanitaria N° 137-MINSA/ DGIESP-2021, “Directiva Sanitaria para la vacunación contra la COVID-19” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 480-2023/MINSA Lima, 20 de mayo del 2023