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52 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / renuncia, correspondiendo aceptarla, así como, designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Oscar Basilio Tambraico Quispe, al cargo de Director de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Jorge Edgardo Ramírez Arroyo, en el cargo de Director de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2181072-1 Designan Director de la Dirección de Tecnología de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000181-2023-PRODUCE Lima, 25 de mayo de 2023 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 00201-2022-PRODUCE, se designó al señor Alberto Adrián Loza Romero, en el cargo de Director de la Dirección de Tecnología de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla, así como, designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Alberto Adrián Loza Romero, al cargo de Director de la Dirección de Tecnología de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Juan Carlos Nieva Good, en el cargo de Director de la Dirección de Tecnología de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2181084-1 Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa– CITEpesquero Amazónico Pucallpa” RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000087-2023-ITP/DE San Isidro, 23 de mayo de 2023VISTOS:El Memorando N° 0017-2023-ITP/CITEPESQUERO AMAZÓNICO PUCALLPA de fecha 16 de enero de 2023, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa – CITEpesquero amazónico Pucallpa; el Memorando N° 0034-2023-ITP/DEDFO de fecha 25 de enero de 2023, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 0531-2023-ITP/OA de fecha 06 de marzo de 2023, y el Memorando N° 0562-2023-ITP/OA de fecha 07 de marzo de 2023, de la O fi cina de Administración; Memorando N° 0463-2023-ITP/OGRRHH de fecha 08 de marzo de 2023 de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 1467-2023-ITP/OPPM de fecha 13 de marzo de 2023 de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 0180-2023-ITP/OAJ de fecha 02 de mayo de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP, encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, señala que los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;