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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2023 (26/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / facilitará la construcción de alianzas institucionales en el marco de la internacionalización de la educación superior universitaria; Que, mediante Informe N° 00601-2023-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable continuar con el trámite de autorización de viaje al exterior sustentado por la DIPODA; Que, por lo expuesto, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de la señora MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ, Viceministra de Gestión Pedagógica, del señor HUGO CONDORI MELENDEZ, Director de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, y de la señora CARLA GERALDINE SOLANO PINEDA, Especialista para Políticas Públicas de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en la citada Conferencia; así como, encargar las funciones de los cargos de Viceministra de Gestión Pedagógica y Director de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, a fi n de garantizar la continuidad de los servicios; Que, los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora 024: Sede Central; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaría General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios y servidora del Ministerio de Educación, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para participar en la “Conferencia & Expo Anual NAFSA 2023” conforme al siguiente detalle: Funcionario y/o Servidor del MINEDU CargosDuración de Comisión MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZViceministra de Gestión PedagógicaDel 30/05/2023 al 02/06/2023 HUGO CONDORI MELENDEZDirector de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - DIPODADel 30/05/2023 al 02/06/2023 CARLA GERALDINE SOLANO PINEDA Especialista para Políticas Públicas de la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU Del 29/05/2023 al 02/06/2023 Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora: 024: Sede Central, de acuerdo al siguiente detalle: MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZPasajes : US$ 2 337,46 Viáticos : US$ 1 320,00 HUGO CONDORI MELENDEZPasajes : US$ 2 337,46 Viáticos : US$ 1 320,00CARLA GERALDINE SOLANO PINEDA Pasajes : US$ 2 337,46 Viáticos : US$ 2 200,00 Artículo 3.- Encargar las funciones de Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación a la señora FATIMA SORAYA ALTABAS KAJATT, Viceministra de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones, a partir del 30 de mayo de 2023 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- Encargar las funciones de Director de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria al señor MAGNO FERNANDO ORTEGA SANABRIA, Coordinador de la referida Dirección, en adición a sus funciones, a partir del 30 de mayo de 2023 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5.- Disponer que los funcionarios y servidora citados en el artículo 1 de la presente Resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, presenten un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del Encuentro Regional. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2181484-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 069-2023-MINEDU Lima, 24 de mayo de 2023VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2023- INT-0116617; el Informe N° 00058-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el O fi cio N° 00603-2023-MINEDU/VMGP- DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; y el Informe N° 00587-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público; Que, el artículo 8 de la Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que