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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / a cualquier acción u omisión que afecte o pueda afectar el bien protegido por presunción legal (…)”, conforme a lo previsto en los artículos 97° y 98° del referido dispositivo legal; Que, el artículo 100 del citado Reglamento dispone que “Determinada la protección provisional de un bien que presuntamente constituye Patrimonio Cultural de la Nación, se inicia el trámite para su declaración y delimitación de fi nitiva en el plazo máximo de dos años calendario, prorrogable por dos años más, debidamente sustentado; salvo en los casos en los que corresponda efectuar procesos de consulta previa, en la medida que se advierta afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por tres años más.”; Que, a través de la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/ MC “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 000001-2023-VMPCIC-MC de fecha 03 de enero de 2023 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 05 de enero de 2023, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2023, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe de Inspección N° 0001- 2023-DDC LAMBAYEQUE/MC del 18 de abril de 2023, que sustenta el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico, el especialista de la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, sustenta la propuesta de Protección Provisional del Sitio arqueológico El Cerrito - Sipán, ubicado en el distrito de Saña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; especi fi cando los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional, de acuerdo con los lineamientos y criterios técnicos contenidos en la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antrópicos y naturales, según lo siguiente; INFORMACIÓN BÁSICA Afectación Descripción Agentes AntrópicosSi No Veri fi cada Posible El sitio arqueológico, ha sido afectado por la instalación de 18 cisternas (rotoplast-eternit) para almacenar agua y tres ductos de PVC de carga y descarga de 2” y 4” de diámetro.Para el caso, se ha realizado la nivelación del suelo, alterando importantes vestigios arqueológicos en super fi cie y subsuelo. La afectación se sitúa entre las coordenadas planas UTM (WGS84) ESTE (X) 655010.0000 - NORTE (Y) 9247595.0000.La afectación ha sido realizada por personas desconocidas. X X Que, mediante Memorando N° 000587-2023/DDC LAM/MC de fecha 17 de mayo de 2023, la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta para la determinación de la protección provisional del Sitio arqueológico El Cerrito - Sipán, ubicado en el distrito de Saña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, recaída en el Informe de Inspección N° 0001-2023-DDC LAMBAYEQUE/MC del 18 de abril de 2023, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 00527-2023-DSFL/ MC de fecha 23 de mayo de 2023, y el Informe N° 00099-2023-DSFL-MDR/MC de fecha 22 de mayo del 2023, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 0001-2023-DDC LAMBAYEQUE/MC del 18 de abril de 2023 del Lic. Anaximandro Núñez Mejía, arqueólogo de la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la Protección Provisional del Sitio arqueológico El Cerrito - Sipán, ubicado en el distrito de Saña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, mediante Informe N° 00128-2023-DGPA-KDP/ MC de fecha 23 de mayo de 2023, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir la resolución directoral que determine la Protección Provisional del Sitio arqueológico El Cerrito - Sipán, ubicado en el distrito de Saña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio arqueológico El Cerrito - Sipán, ubicado en el distrito de Saña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al plano N° PPROV-041-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO EL CERRITO – SIPÁN Zona: 17 Sur Área: 36241.9 m2 (3.6241 ha)Perímetro: 734.78 m.Coordenadas de referencia: E 654923.0005 / N 9247670.0087 SITIO ARQUEOLÓGICO EL CERRITO - SIPÁN VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 60.02 108°56’56” 654832.2920 9247783.6359 2 2-3 32.51 138°53’31” 654890.9349 9247796.4408 3 3-4 37.42 171°4’3” 654919.4232 9247780.7853 4 4-5 35.24 195°29’36” 654949.0226 9247757.8891 5 5-6 28.11 165°27’40” 654981.6445 9247744.5564 6 6-7 22.64 120°59’53” 655004.1611 9247727.7308 7 7-8 20.87 200°51’18” 655001.8848 9247705.2080 8 8-9 37.58 192°56’38” 655007.3162 9247685.0559 9 9-10 44.59 155°58’47” 655024.9732 9247651.8867 10 10-11 17.54 155°50’24” 655028.0892 9247607.4098 11 11-12 90.16 144°46’4” 655022.0459 9247590.9424 12 12-13 53.00 130°36’1” 654947.8428 9247539.7238 13 13-14 103.39 131°28’40” 654896.5991 9247553.2481 14 14-15 15.53 224°30’36” 654850.1531 9247645.6226