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14 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / b) Cargo Bancario US$ 1,000.00 ------------------ Total: US$ 162,408.00 Total a pagar: US$ 173,076.30 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2182411-1 EDUCACIÓN Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaría del Ministerio de Educación – Año 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 314-2023-MINEDU Lima, 29 de mayo de 2023VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° OCOM2023-INT-0117816; CONSIDERANDO: Que, son objetivos de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modi fi cada por Ley N° 31515, establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; así como fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de los servicios señalados; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley N° 28874, regula los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal, entre los cuales fi gura el Plan de Estrategia Publicitaria, el mismo que deberá estar acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante los Informes N° 00039-2023-MINEDU/ SG-OGC-OCOM y N° 00041-2023-MINEDU/SG-OGC-OCOM, la O fi cina de Comunicaciones de la Ofi cina General de Comunicaciones sustenta y solicita la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Educación – Año 2023, el mismo que detalla las campañas publicitarias de información y difusión de las acciones y propuestas relacionadas a las políticas priorizadas en el Ministerio de Educación a realizarse durante el citado año; Que, conforme se desprende del O fi cio N° 00080-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, y la Ficha Programación Financiera por Recurso de la Actividad Operativa expedida por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Escuela Nacional Superior de Ballet, respectivamente, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y la Escuela Nacional Superior de Ballet, han incluido en la formulación de su presupuesto para el Año Fiscal 2023 los montos para la realización de las acciones contenidas en el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Educación – Año 2023; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Educación – Año 2023; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, y su modi fi catoria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaría del Ministerio de Educación – Año 2023, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2182442-1 Autorizan viaje de profesionales de la Escuela Nacional Superior de Ballet a la Federación de Malasia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2023-MINEDU Lima, 30 de mayo de 2023 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DAFAT2023-INT-0070773; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas antes señaladas, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece en su artículo 1 que la autorización de viajes al exterior de personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector