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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del InteriorPresidente del Consejo de Ministros (e) 2182607-1 Modifican la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 017-2022-PCM/SGSD, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa Técnica que contribuya a las mejoras normativas en materia de minería artesanal y pequeña minería, en el ámbito nacional” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 008-2023-PCM/SGSD Lima , 30 de mayo de 2023 VISTOS:El Informe N° D000028-2023-PCM-SSGD-GGJ y la Nota de Elevación Nº D000428-2023-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 94 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 017-2022-PCM/SGSD, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica que contribuya a las mejoras normativas en materia de minería artesanal y pequeña minería, en el ámbito nacional”, con el objetivo contribuir al análisis, identi fi cación y búsqueda de alternativas de solución tales como la elaboración de propuestas normativas vinculadas con aspectos críticos de la problemática de la minería artesanal y pequeña minería, a nivel nacional, el cual se encuentra vigente hasta el 31 de mayo de 2023; Que, el artículo 4 de la mencionada resolución de secretaría, regula las condiciones referidas a la designación de los representantes de los miembros del mencionado grupo de trabajo; Que, mediante el O fi cio N° 0941-2023-MINEM/DGFM e Informe N° 501-2023-MINEM/DGFM, complementado con el O fi cio N° 1106-2023-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, sustenta la ampliación del periodo de vigencia del mencionado Grupo de Trabajo por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, considerando que a la fecha no ha sido instalado, debido a la coyuntura socio-política que atravesó nuestro país desde diciembre de 2022 y durante los primeros meses del presente año, lo cual ha di fi cultado la instalación del Grupo de Trabajo y no ha permitido el cumplimiento del objetivo de su creación; Que, asimismo, la mencionada secretaría técnica señala que siendo una función del Grupo de Trabajo consensuar propuestas normativas para la solución de los aspectos más críticos de la problemática de la minería artesanal y pequeña minería, a nivel nacional, resulta necesaria la participación técnica y activa de sus representantes, por lo cual recomienda que se encuentre representada por profesionales debidamente colegiados, con la fi nalidad de salvaguardar el debate técnico de las propuestas que se revisen en este espacio de trabajo ; Que, mediante el Informe N° D000028-2023-PCM- SSGD-GGJ, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo veri fi ca los sustentos presentados por la Dirección General de Formalización Minera, en su calidad de secretaría técnica, considerando pertinente la modi fi cación del artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 017-2022-PCM/SGSD, a fi n que se amplié el plazo de vigencia de dicho Grupo de Trabajo hasta el 28 de noviembre de 2023, así como la modi fi cación del segundo párrafo del artículo 4 de la referida resolución, a efecto que los integrantes de grupo antes indicado, sean profesionales debidamente colegiados y con ello salvaguardar el debate técnico de las propuestas que se revisen; considerando, que ambas modi fi caciones aportan al cumplimiento del objeto del espacio de trabajo contándose con el consentimiento de las entidades que lo integran ; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 4 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 017-2022-PCM/SGSD. Modifíquese el segundo párrafo del artículo 4 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 017-2022-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4.- designación de representantes (…)La representación de los miembros del grupo de trabajo recae en un funcionario, servidor o profesional colegiado con poder de decisión. En el caso de los ministerios, el representante titular debe ser un/a Director/a General y el/la representante alterno, un/a profesional colegiado/a. En el caso de las organizaciones mineras, la representación del titular y alterno recae en profesionales colegiados, designados por las organizaciones de alcance nacional y formalmente constituidas”. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 017-2022-PCM/SGSD. Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 017-2022-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 28 de noviembre de 2023, dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”. Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal