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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo general, contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, los objetivos especí fi cos 2.3 y 2.4 del Eje: Identi fi cación y gestión de riesgos de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establecen como estrategias, garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riegos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo, el implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción; Que, con Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, a través del cual se implementa medidas orientadas a lograr la prevención y la adopción de acciones para combatir la corrupción de manera e fi ciente, fomentando la participación de las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, a fi n de desarrollar modelos de prevención, fi ltros en los procesos vinculados a la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, así como, mecanismos de control y supervisión; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, establece que el Modelo de Integridad para las entidades del sector público, previsto en la Tabla Nº 11 del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, se mantiene vigente hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, con Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el mandato presidencial vigente, la cual incluye entre los ejes y lineamientos la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento del Modelo de Integridad en el servicio público; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017 “ Sistema de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso ”, que tiene por objeto especi fi car los requisitos y proporcionar una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar el Sistema de Gestión Antisoborno; Que, la cláusula 5 de la NTP-ISO 37001:2017, dispone que la alta dirección debe establecer, mantener y revisar una política antisoborno; dicha norma precisa como responsabilidad del Órgano de Gobierno, el aprobar la citada política; Que, mediante Resolución Ministerial N° 473-2021-MINEDU, se aprueba la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, que determina los compromisos relacionados a la lucha contra el soborno y la corrupción en el Ministerio de Educación; Que, el numeral 10.2 del Manual del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación, aprobado con Resolución de Secretaría General N° 212-2022-MINEDU, establece que la organización promueve la mejora continua para la idoneidad, adecuación y e fi cacia del Sistema de Gestión Antisoborno; Que, en ese contexto, mediante Informe Técnico N° 00002-2023-MINEDU/SG-OTEPA, la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, sustenta la necesidad de aprobar una nueva Política del Sistema de Gestión Antisoborno, al haberse identi fi cado oportunidades de mejora; Que, mediante Informe N° 00731-2023-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la propuesta de aprobación de la citada Política; por cuanto se encuentra alineada con los instrumentos de plani fi cación estratégica del Sector Educación; asimismo, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público; Que, con Informe N° 00607-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en consideración la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la nueva Política del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022; el Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, y establece los ejes y lineamientos para la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento del Modelo de Integridad en el servicio público y la Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL/DN, que aprueba la NTP-ISO 37001:2017 “ Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto los artículos 2 y 5 de la Resolución Ministerial N° 473-2021-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que los documentos de gestión, procedimientos, formatos e instructivos relacionados al Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación, se adecuen en forma progresiva, con posterioridad a la aprobación de la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, dispuesta en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que la implementación y seguimiento del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación, esté a cargo de la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2182785-1 INTERIOR Designan Subprefectos(as) Provinciales en diversas regiones RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 148-2023-IN-VOI-DGIN Lima, 25 de mayo de 2023VISTO: El Informe N° 000806-2023/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 24 de mayo de 2023 e Informe N° 000820-2023/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 25 de mayo de 2023, emitidos por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio