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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / TIPO DE UNIDAD PARTICIPANTEUn (1) equipo de asuntos civiles y un (1) plani fi cador de asuntos civiles. CANTIDAD DE PERSONAL 5. TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS1. 5 Fusiles M4 (5.56mm). 2. 5 Pistolas M9 o M17 o Glock (9mm). 5. Entrenamiento de ejercicio combinado conjunto con el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjunta (CIOEC), las Fuerzas Especiales Conjunta (FEC) y el Grupo de Fuerzas Especiales (GRUFE) de la Fuerza Aérea del Perú OBJETIVOEntrenamiento con el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjunta (CIOEC), Fuerzas Especiales Conjunta (FEC) y el Grupo de Fuerzas Especiales (GRUFE) de la Fuerza Aérea del Perú. LUGARESLima, Callao, Loreto, San Martín, Santa Lucía, Huánuco, Ucayali, Pasco, Junín, Huancavelica, Cusco, Ayacucho, Iquitos, Pucusana y Apurímac. INGRESO/SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL1 de agosto al 15 de setiembre de 2023. TIEMPO DE PERMANENCIA 46 días. INSTITUCIONES INVOLUCRADASEl Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjunta (CIOEC) y Fuerzas Especiales Conjunta (FEC). PAÍS PARTICIPANTE Estados Unidos de América. TIPO DE UNIDAD PARTICIPANTE Unidad de Fuerzas Especiales. CANTIDAD DE PERSONAL 15. TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS1. 15 Fusiles M4 (5.56mm). 2. 15 Cañones cortos para fusil M4 (5.56mm). 3. 15 Pistolas M9 o M17 (9mm).4. 15 Pistolas Glock (9mm).5. 4 Ametralladoras M249 (5.56mm).6. 5 Ametralladoras M240 (7.62mm).7. 2 Ametralladoras MK48 (7.62mm).8. 2 Lanzagranadas M320 (40mm).9. 2 Morteros de 60mm.10. 2 Fusiles M2010 (7.62mm).11. 6 Fusiles SCAR (7.62 mm).12. 2 Fusiles M110 (7.62mm).13. 2 Fusiles M107 (calibre 50).14. 2 Escopetas (calibre 12). 2182791-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican el artículo 11 de la R.M. N° 315- 2021-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2023-PCM Lima, 30 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2021-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre la base de la Mesa Técnica de Trabajo entre el Poder Ejecutivo, dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto promover el desarrollo territorial de la cuenca del río Moche, del departamento de La Libertad, a partir de asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos, acciones, cronogramas y resultados, teniendo en cuenta los acuerdos aprobados que obran en las actas de las reuniones sostenidas el 27 de noviembre de 2021, en la ciudad de Lima, y el 01 de diciembre de 2021, en la ciudad de Trujillo, establecidos en base a las demandas planteadas por los dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales y locales; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM y N° 320-2022-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2023; Que, bajo ese contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de su función de contribuir al cumplimiento de los acuerdos contenidos en el Acta de Instalación de la Mesa Técnica de Trabajo de fecha 01 de diciembre de 2021, y a los establecidos en la reunión llevada a cabo el 27 de noviembre de 2021; así como, a los acuerdos que se han adoptado en el desarrollo del mencionado Grupo de Trabajo, ha evidenciado que algunos de los referidos acuerdos se encuentran pendientes de atención, debido a su complejidad y envergadura; por lo que, persiste la necesidad de continuar coordinando y articulando con las entidades públicas y otros actores con la fi nalidad de culminar con las acciones que garanticen un adecuado proceso de diálogo y el cumplimiento de dichos acuerdos; Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su calidad de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315-2021-PCM, a fi n de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2023, a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM y N° 320-2022-PCM Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM y N° 320-2022-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo