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122 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2023 El Peruano / de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión técnica favorable para la emisión del Decreto Regional de la Simpli fi cación Administrativa por Eliminación de Requisitos en los Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Piura; Que, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 1259-2023/GRP-460000, de fecha 26 de mayo de 2023, opinó continuar con el trámite de aprobación para la Simpli fi cación Administrativa por Eliminación de Requisitos en los Procedimientos Administrativos contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Regional del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional Nº 270-2013/GRP-CR y Ordenanza Regional Nº 396-2017/GRP-CR, por constituir barreras burocráticas identi fi cadas por el INDECOPI, previo acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales; Que, teniendo en cuenta la normatividad antes citada, y las opiniones contenidas en los informes arriba anotados, compete a esta Gobernación Regional dictar el Decreto Regional que formalice la aprobación de la Simpli fi cación Administrativa por Eliminación de Requisitos en los Procedimientos Administrativos contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Regional del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional Nº 270-2013/GRP-CR y Ordenanza Regional Nº 396-2017/GRP-CR; Que, el Directorio de Gerencias Regionales en Tercera Sesión Ordinaria realizada el 31 de mayo de 2023, acordó por unanimidad lo siguiente: “PRIMERO.- SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD, DE CONFORMIDAD CON LO OPINADO POR LA OFICINA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA Y POR LA SUB GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, APROBAR LA ELIMINACIÓN DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL TUPA PARA LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD: COPIA DE FICHA RUC ACTUALIZADAS, MANUAL DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO FIRMADO POR EL QUIMICO REGENTE, COMPROBANTE DE PAGO POR DERECHO DE TRÁMITE, CERTIFICADO DE HABILIDAD PROFESIONAL, SEÑALADOS PARA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DENOMINADO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DE INICIO, REINICIO O TRASLADO DE ACTIVIDADES DE: FARMACIAS, BOTICAS, SERVICIOS DE FARMACIAAS, BOTIQUINES Y DROGUERAS Y LOS REQUISITOS PREVISTOS PARA LA GERENCIA REGIONAL DE SANIAMIENTO FISICO LEGAL DE LA PROPIEDAD RURAL Y ES TATAL: PERSONA JURÍDICA: VIGENCIA DE PODER DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DENOMINADO: “OTORGAMIENTO DE TIERRAS ERIAZAS EN PARCELAS DE PEQUEÑA AGRICULTURA” CONTENIDOS EN EL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA APROBADOS POR ORDENAZA REGIONAL N 0270-2013/GRP-CR Y ORDENAZA REGIONAL N 03962017/GRP-CR POR CONSTITUIR BARRERAS BUROCRA TICAS IDENTIFICADAS POR INDECOPI”, Que, estando al Acuerdo Nº 5, del Directorio de Gerencias Regionales adoptado en la Tercera Sesión Ordinaria realizada el 31 de mayo de 2023, así como con las visaciones de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia Regional Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social; Gerencia General Regional y Secretaria General de Gobierno Regional Piura; y, en uso de las facultades conferidas al despacho por la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”; el inciso d) del artículo 21 de la Ley 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y sus normas modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA POR ELIMINACIÓN DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS PREVISTOS EN EL TUPA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE PIURA aprobado con Ordenanza Regional Nº 270-2013/GRP-CR: Copia de fi cha RUC actualizada, Manual de Buenas Prácticas de Almacenamiento fi rmado por el Químico Regente, Comprobante de Pago por Derecho de Trámite y Certi fi cado de Habilidad Profesional, del procedimiento administrativo denominado: “Autorización Sanitaria de Inicio, Reinicio o Traslado de Actividades de: Farmacias, Boticas, Servicios de Farmacias, Botiquines y Droguerías”, conforme al ANEXO 01 que forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- APROBAR la SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA POR ELIMINACIÓN DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS PREVISTOS EN EL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA PARA LA GERENCIA REGIONAL DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LA PROPIEDAD RURAL Y ES TATAL, aprobado por Ordenanza Regional Nº 396-2017/GRP-CR: Persona Jurídica: Vigencia de Poder de su Representante Legal del Procedimiento Administrativo Denominado: “Otorgamiento De Tierras Eriazas en Parcelas De Pequeña Agricultura”, y conforme al ANEXO 01 que forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia General Regional en coordinación con la O fi cina de Secretaria General y de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto Regional en el Portal del Diario O fi cial El Peruano, Plataforma Digital Única para la Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en respectivo Portal Institucional del Gobierno Regional Piura, de conformidad a los artículos 20 y 21 de la RSGP Nº 005-2018-PCM-SGP y numerales 44.2; 44.3 y 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S Nº 019-2019-JUS. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga al presente Decreto Regional. Artículo Quinto.- El presente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial el Peruano. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional de Piura, a los (11) días del mes de julio del año 2023. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2230167-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la formalización de la conformación del Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 2574 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por