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129 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2023 El Peruano / Juan de Mira fl ores, lo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 577-2023-GPP/MDSJM), así como la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 645-2023-GAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 1177-2023-GM/MDSJM); De conformidad con los artículos 9, numerales 7) y 8); 40 y 80 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 28611 – General del Ambiente; y Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM; con el Voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Juan de Mira fl ores ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS CUARTO Y QUINTO DE LA ORDENANZA Nº 431-2020-MDSJM QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS SEGUNDO Y TERCERO DE LA ORDENANZA Nº 000084-2008-MDSJM QUE APRUEBA LA CREACIÓN Y EL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 431-2020-MDSJM, que quedará redactado de la siguiente manera: “…Funciones:La CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores tendrá las siguientes funciones: I. Funciones Generalesa) Ser la instancia de concertación de la Política Ambiental y Climática Local y actuar en coordinación con la municipalidad para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. b) Elaborar participativamente los instrumentos para la implementación de la Política Ambiental y Climática Local que serán aprobados por la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores para el desarrollo territorial sostenible. c) Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes sobre la base de una visión compartida y concertada. d) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. e) Facilitar el tratamiento adecuado para la prevención y transformación de Con fl ictos Ambientales. f) Evaluar el desempeño de la gestión y manejo de residuos sólidos, y emitir su informe de evaluación de desempeño, de acuerdo a las guías que emite el Ministerio del Ambiente. Dicho informe debe ser remitido al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). II. Funciones Especí fi cas a) Apoyar en la comunicación a la ciudadanía respecto a la información relacionada al conocimiento de la importancia de la conservación del estado ambiental y los recursos naturales en el ecosistema frágil de las Lomas de Pamplona. b) Apoyar en la comunicación a la ciudadanía respecto a la información relacionada al conocimiento de la importancia de la conservación del estado ambiental y los recursos naturales en el ecosistema de los numerales de los Pantanos de Villa, siendo la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores parte el directorio de la Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa – PROHVILLA. c) Promover acciones para fortalecer la educación y ciudadanía ambiental a nivel local, así como apoyar en la ejecución del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental. d) Atender los problemas ambientales que se desarrollen en el distrito de San Juan de Mira fl ores en un esfuerzo concertado participativo entre el sector público, privado y sociedad civil. e) Informar respecto al desempeño de la gestión y manejo integral de los residuos sólidos en el área urbana del distrito de San Juan de Mira fl ores. f) Apoyar en los procesos de monitoreo participativo, así como proponer medidas y acciones de fi scalización, evaluación y monitoreo de la calidad ambiental del agua, suelo y aire del distrito de San Juan de Mira fl ores. g) Proponer medidas de adaptación y mitigación frente al cambio climático a incluir en los planes, programas y proyectos locales, considerando el Plan de Acción de Género y Cambio Climático”. Artículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación del artículo Quinto de la Ordenanza Nº 431-2020-MDSJM, que quedará redactado de la siguiente manera: “Composición:La CAM el distrito de San Juan de Mira fl ores estará conformada por los siguientes representantes: 1. Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. 2. Un (01) representante de la UGEL Nº 01.3. Un (01) representante de la Red de Salud.4. Un (01) representante de la Policía Nacional del Perú. 5. Tres (03) representantes de las Organizaciones No Gubernamentales. 6. Un (01) representante de las Organizaciones Religiosas. 7. Un (01) representante de la Fiscalía.8. Un (01) representante del Sector Industrial.9. Dos (02) representantes del Sector Comercial y Mercados. 10. Un (01) representante de las Institutos Educativos Superiores. 11. Un (01) representante de la Empresa en Gestión de Residuos Sólidos. 12. Tres (03) representantes de las Asociaciones Distritales en Materia Ambiental”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Gestión Ambiental, a través de sus unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR a la señora alcaldesa para que, mediante decreto de alcaldía, disponga las acciones necesarias para el mejor cumplimiento de esta norma municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Comunicación y Soporte Informático su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2230518-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza municipal que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2023/MDV Ventanilla, 27 de octubre de 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA