TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Martes 14 de noviembre de 2023 El Peruano / COMUNICADO PUBLICACIÓN DE ACUERDOS RATIFICATORIOS, ORDENANZAS MUNICIPALES E INFORMES TÉCNICOS SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES 2024 Con el fi n de cumplir en la forma y en los plazos establecidos por el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No 27972, sobre la publicación de ordenanzas rati fi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao, el Diario Ofi cial El Peruano hace de conocimiento público lo siguiente: Las solicitudes de publicación solo se remitirán a través del Portal de Gestión de Atención al Cliente (PGA) en dos archivos. 1. El archivo principal en formato Word, debe contener toda la información a publicarse, incluidos cuadros y tablas de texto (editables), imágenes, fórmulas, grá fi cos, etc., legibles y en alta resolución, en el siguiente orden: a) Carátula o portada en la que se precisará el contenido y llevará el logo o fi cial (*) b) Acuerdo rati fi catorio de la Municipalidad Provincial c) Ordenanza Municipal en materia tributariad) Informes Técnicos 2. El archivo PDF de respaldo que constituye el documento original suscrito por las autoridades competentes, cuyo contenido debe ser idéntico al que aparece en el archivo Word. El cliente asumirá la responsabilidad por el contenido de los archivos remitidos, conforme lo establecen los términos y condiciones del PGA. Las publicaciones se recibirán sólo hasta el viernes 22 de diciembre para ser publicadas hasta el 31 de diciembre de 2023. Esperamos contar con su gentil comprensión y rogamos se ajusten al cumplimiento de las formalidades señaladas. (*) La caratula será opcional si el archivo en formato Word en fuente Arial y 8 puntos de tamaño, tiene menos de 20 páginas A4 (se publicará en el cuadernillo Normas Legales) y será obligatorio si es mayor a 20 páginas A4 (se publicará en una separata especial). GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALESparte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Memorando de Entendimiento suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), dispuestos por la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo señalado en el artículo 31 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional, al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo al numeral 31.4 del artículo 31 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2234360-1