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58 NORMAS LEGALESMiércoles 15 de noviembre de 2023 El Peruano / la expansión del control concurrente y de acuerdo a los sustentos de la Unidad Ejecutora de Inversiones Gerencia Regional de Infraestructura, es pertinente realizar los trámites administrativos para aprobación mediante acto resolutivo y posterior transferencia a la Contraloría General de la República de acuerdo al siguiente detalle: Proyecto de inversión con CUI N° 2501142 “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL ÁMBITO RURAL, EN LAS 10 PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN” por el importe de S/ 85,049.00; Que, mediante el Informe N° 113-2023-GRSM/GRPYP de fecha 30 de Octubre de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, informa que en el marco del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N°31358 que autoriza que los pliegos involucrados que se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; en tal sentido, se han realizado modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a fi n de que las unidades ejecutoras sujetas al Control Concurrente, según el anexo que forma parte de la presente resolución, puedan efectivizar la Transferencia Financiera al Pliego 019 Contraloría General de la República; Por las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso a) y d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; de conformidad con el artículo 4°, numeral 4.2, de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL, aprobada por Resolución de Contraloría N° 103-2022-CG; y con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia General Regional, Ofi cina Regional de Asesoría Legal y Sub Gerencia de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia fi nanciera por el monto de OCHENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y NUEVE y 00/100 SOLES (S/ 85,049.00), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con la fi nalidad de fi nanciar el servicio de control concurrente en las unidades ejecutoras y Proyectos de Inversión que se detallan en el Anexo que se adjunta a la presente, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358. Artículo Segundo.- PROHIBIR, que los recursos fi nancieros materia de la transferencia en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente resolución, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- DISPONER; a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y a la O fi cina Regional de Administración, en coordinación, realizar las acciones administrativas pertinentes, a través de sus unidades orgánicas competentes, para la realización de la transferencia fi nanciera a que se re fi ere el artículo precedente, debiendo informar a la Gerencia General Regional del resultado de tales acciones. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional; asimismo, el anexo se difundirá en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR; la presente Resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto; O fi cina Regional de Administración; y Sede Local de la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WALTER GRUNDEL JIMÉNEZ Gobernador Regional 2234241-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba rectificar la zonificación de Zona de Habilitación Recreacional-ZHR en un predio en el distrito de Los Olivos ORDENANZA Nº 2578 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 069-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICAR LA ZONIFICACIÓN DE ZONA DE HABILITACIÓN RECREACIONAL-ZHR EN UN PREDIO EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- Aprobar la recti fi cación del plano de zoni fi cación del distrito de Los Olivos, de Zona de Recreación Pública (ZRP) a Residencial de Densidad Media (RDM) para los lotes del 1 al 9 y el lote 12 de la Manzana U de la urbanización El Trébol, Cuarta Etapa, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; solicitada por la asociación de propietarios “Comunidad Industrial National Peruana”; Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorpore en el plano de zoni fi cación de los usos del suelo del distrito de Los Olivos, la recti fi cación de zoni fi cación aprobada en el artículo primero. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo disponga la noti fi cación de la presente ordenanza a la administrada, así como a la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 3 de noviembre de 2023RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2234053-1