Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALESMiércoles 15 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe Nº164-2023-GRL-GRPPAT/ OP-LAR, el especialista de Planeamiento, indica que la propuesta se realiza para viabilizar el nombramiento de 1318 (mil trescientos dieciocho) PEAs en las Unidades Ejecutoras mencionadas de conformidad con las relaciones nominales aprobada por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, lo cual comprende la creación de 952 PEAs, teniendo en cuenta que en sus correspondientes CAP Provisional vigente, 174 PEAs están en situación de previsto y 192 PEAs en situación de ocupado. Que, mediante Memorando Nº 2656-2023- GRL/GRPPAT del 08 de noviembre del 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que mediante Informe Nº757-2023, la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Modernización en el marco de sus funciones y competencias, emite Opinión Técnica Favorable sobre la propuesta de Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP provisional) de las nueve (09) Unidades Ejecutoras de Salud, que forman parte del Pliego 463 Gobierno Regional de Lima; Que, mediante Informe Legal Nº1397-2023-GRL/ SGRAJ, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica declara la fundabilidad de la petición debiendo indicar que al hacerse la evaluación de los actuados, estos se ajustan a los mandatos de la Ley Nº30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20 %) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliaras asistenciales de la salud, Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2023, el Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, la Directiva Nº006-2021-SERVIR-GDSRH y demás disposiciones jurídicas aplicables procediendo a la validación de la propuesta adecuada en relación al proyecto de modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P de 9 Unidades Ejecutoras de Salud del pliego 463 del Gobierno Regional de Lima y su correspondiente aprobación mediante sesión de Consejo Regional, en función al principio de licitud. En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 10 de noviembre de 2023, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales Microsoft Teams, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participantes de la sesión ordinaria del consejo regional. En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL, QUE: APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DEL PERSONAL PROVISIONAL – CAP PROVISIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD LIMA Y SUS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DEL PLIEGO 463 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional -CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Lima – Unidad Ejecutora 400, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional -CAP Provisional del Hospital Regional de Huacho y SBS – Unidad Ejecutora 401, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos – Unidad Ejecutora 402, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Hospital Rezola – Unidad Ejecutora 403, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Hospital Barranca Cajatambo y SBS – Unidad Ejecutora 404, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Hospital de Chancay – Unidad Ejecutora 405, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Dirección de Red de Salud Chilca Mala – Unidad Ejecutora 406, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Hospital de Huaral – Unidad Ejecutora 407, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Dirección de Red de Salud Huarochirí – Unidad Ejecutora 408, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo.- DISPONER que la O fi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos o la que haga sus veces de la Dirección Regional de Salud Lima – Unidad Ejecutora 400, Hospital Regional de Huacho – Unidad Ejecutora 401, Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos – Unidad Ejecutora 402, Hospital Rezola – Unidad Ejecutora 403, Hospital Barranca Cajatambo y SBS – Unidad Ejecutora 404, Hospital de Chancay – Unidad Ejecutora 405, Dirección de Red de Salud Chilca Mala - Unidad Ejecutora 406, Hospital de Huaral – Unidad Ejecutora 407, Dirección de Red de Salud de Huarochirí - Unidad Ejecutora 408; adopten las acciones de personal necesarias, a fi n de implementar lo dispuesto por la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 28, de fecha 02 de diciembre de 2022, que aprobó la Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Lima y sus siete (07) Unidades Ejecutoras – Unidad Ejecutora 400, Hospital Regional de Huacho – Unidad Ejecutora 401, Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos – Unidad Ejecutora 402, Hospital Rezola – Unidad Ejecutora 403, Hospital Barranca Cajatambo y SBS – Unidad Ejecutora 404, Hospital de Chancay – Unidad Ejecutora 405, Hospital de Huaral – Unidad Ejecutora 407, Dirección de Red de Salud de Huarochirí - Unidad Ejecutora 408. Artículo Décimo Segundo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta. Artículo Décimo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima). En Huacho, a los 10 días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.