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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Lunes 20 de noviembre de 2023 El Peruano / integrado por el alcalde distrital que lo preside y los Regidores distritales de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley”; Que, mediante la Ordenanza N° 478-2018-MDSR de fecha 27 de abril del 2018, se aprobó el reglamento de conformación del Consejo de Concejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Santa Rosa, puntualizando en el artículo 17° que: “El alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los representantes de las organizaciones del distrito de Santa Rosa...“; asimismo, en el Art. 18 0 señala que con el mismo Decreto de Alcaldía se designa al Comité Electoral que conducirá dichas elecciones; Que, mediante la Ordenanza N° 551/MDSR, de fecha 24 de agosto del 2023, se aprobó la PRÓRROGA de la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil, como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Santa Rosa, hasta que se produzca la proclamación de los nuevos representantes elegidos en el proceso eleccionario del presente año, el cual será convocado por el señor Alcalde. Acorde con su Artículo Segundo que indica: Modi fi case los artículos 3º, 4º, 14º, 17º, y 19º del Reglamento de la ordenanza Municipal Nº 478-2018-MDSR, conforme queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º: Composición del concejo de coordinación local: 1) El Alcalde, quien lo preside. 2) Los siete (7) regidores del concejo municipal, y 3) Tres (3) representantes de la sociedad civil, cuyo número es producto del cálculo del 40% del número legal de miembros del concejo municipal, elegidos democráticamente para el periodo de dos (2) años”. “Artículo 4º: Representantes de la Sociedad Civil: Los tres (3) representantes de la sociedad civil ante el consejo de coordinación local son elegidos democráticamente por todos los representantes de las organizaciones del distrito de Santa Rosa debidamente inscrito en el correspondiente Libro de registro de Organizaciones del Distrito y que fi guren en el padrón electoral de fi nitivo”; Que, con Informe N° 0132-2023-SGECDPV-GMDS/ MDSR, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal pone en conocimiento que el periodo de vigencia de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Santa Rosa ha fi niquitado en el mes de junio del 2023, indicando que no se pudo realizar dicho proceso de elección para el periodo 2023-2024; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal N° 0141-2023-GAJ/MDSR, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20 0 de la Ley NO 27972-Ley Orgánica de Municipalidades y normas afi nes; DECRETA:Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité Electoral para la elección de los representantes de la Sociedad Civil que formarán parte del Consejo de Coordinación Local Distrital del Distrito de Santa Rosa por el periodo de (02) años, contados a partir de su proclamación, integrado por: Miembros Titulares: Gerente de la Mujer y Desarrollo SocialPresidente Secretario General Secretaria Gerente Municipal Vocal Miembros Suplentes: Gerente de Planeamiento y Presupuesto Presidente Gerente de Asesoría Jurídica Secretaria Gerente de Administración y Finanzas VocalVeedor: Un representante del Órgano de Control Institucional - OCI Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma electoral que regirá y convocará al proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital en el Distrito de Santa Rosa del cual se detalla a continuación: FASE ACTIVIDADES AÑO 2023 1Convocatoria a las organizaciones sociales reconocidasEl 24 de noviembre 2Inscripción en el libro de registro de organizacionesDel 27 al 30 de noviembre 3Subsanación de observacionesDel 01 al 06 de diciembre. 4Publicación del padrón electoralEl 07 de diciembre Hora: 4:30 p.m 5Presentación de impugnaciones contra las inscripciones de las organizaciones de la sociedad civil al padrón electoralDel 08 al 11 de diciembre. 6Absolución de solicitudes de reconsideración a cargo de la GMDS / GMHasta el 12 de diciembre. 7Publicación del padrón electoral de fi nitivoEl 14 de diciembre Hora: 4:00 p.m. 8 Inscripción de candidatosDel 15 al 18 de diciembre. Hasta las 4:00 p.m. 9Publicación de lista provisional de candidatosEl 19 de diciembre Hora: 10:00 a.m. 10 Presentación de tachas Del 20 al 21 de diciembre 11 Resolución de tachas Del 22 al 25 de diciembre 12Publicación de lista de fi nitiva de candidatosEl 27 de diciembre Hora: 4:30 p.m. 13 Acto electoralEl 28 de diciembre Hora: 09:00 a 12:00 a.m. 14 Publicación de resultados Desde el 29 de diciembre Artículo Tercero.- ENCARGAR la Convocatoria, el Registro de las Organizaciones e Inscripción de Candidatos, publicación de listas de candidatos a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal, bajo la supervisión de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social; asimismo que la difusión y promoción estará a cargo de la O fi cina de Imagen Institucional con el apoyo de la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Educación Cultura, Deporte y Participación Vecinal, realizar, las coordinaciones con la O fi cina Nacional de Procesos Electorales-ONPE a fi n de implementar la transparencia y otros aspectos relacionados con la intervención de este organismo en el proceso de elección. Artículo Quinto.- PÓNGASE, en conocimiento de las organizaciones de la sociedad civil del distrito de Santa Rosa, reconocidas por la autoridad competente, para su conocimiento y cumplimiento y publíquese en el portal institucional de la corporación edil de acuerdo a lo señalado en el Art. 44° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Sexto.- DÉJESE sin efecto cualquier otra norma que se oponga al presente Decreto. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2236058-1