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6 NORMAS LEGALES Lunes 2 de octubre de 2023 El Peruano / - Un/a representante del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside; - Un/a representante del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; - Un/a representante Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; - Un/a representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - Un/a representante del Despacho Viceministerial de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; - Un/a representante de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un/a representante del Instituto del Mar del Perú;- Un/a representante de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un/a representante de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un/a representante de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un/a representante del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero; - Un/a representante de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas del Seguro Social de Salud; - Un/a representante de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud del Seguro Social de Salud; - Cuatro representantes de las centrales sindicales acreditadas ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, a razón de un/a representante por cada central sindical.2.2 Las/los integrantes titulares del Grupo de Trabajo Multisectorial podrán contar con un/a representante alterno/a. 2.3 Las/los integrantes serán acreditados mediante comunicación escrita del titular de la entidad o institución a la que representan dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, en un plazo máximo de cinco (05) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. 2.4 Los miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Analizar las consecuencias sociolaborales ante fenómeno climático del Niño Global. b) Proponer acciones de mitigación y contención ante las condiciones climáticas del Niño Global en el sector pesca en materias socio laboral, seguridad social y seguridad y salud en el trabajo de los pescadores industriales y artesanales involucrados. c) Otras que se consideren necesarias para el cumplimiento de su objetivo. Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala dentro de los diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400ATENCIÓN COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pePublicidad web para negocios, empresas y emprendedores www.elperuano.pe