TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Lunes 2 de octubre de 2023 El Peruano / Roberto Horacio Jesús Delgado Zegarra-Ballón cumple con los requisitos para ser designado como Miembro de la Comisión Adscrita a la O fi cina Regional del Indecopi - Arequipa; Que, a través del Informe N° 000618-2023-OAJ/ INDECOPI y del Memorándum N° 001541-2023-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva emita el acto resolutivo que formalice la designación de miembro de la comisión antes mencionada, por un periodo adicional; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Recursos Humanos, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, y en su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar la designación del señor Roberto Horacio Jesús Delgado Zegarra-Ballón como Miembro de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del Indecopi - Arequipa, por un periodo adicional. Regístrese, comuníquese y publíquese.KARIN CÁCERES DURANGO Presidenta Ejecutiva 2220378-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de Gerente Central de Estudios Económicos para participar en evento a realizarse en Marruecos RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0042-2023-BCRP-N Lima, 25 de setiembre de 2023 CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) participe en las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM), así como en los distintos eventos asociados a dichas reuniones que se realizarán del 9 al 15 de octubre de 2023, en la ciudad de Marrakech, Marruecos; El Perú es miembro del FMI y del Banco Mundial, y el BCRP representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 3 de agosto de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Adrián Alejandro Armas Rivas, Gerente Central de Estudios Económicos, del 9 al 15 de octubre de 2023 a la ciudad de Marrakech, Marruecos, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue:Pasaje US$ 2 712,49 Viáticos US$ 4 320,00 TOTAL US$ 7 032,49 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2218845-1 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 009-2023/DP Lima, 21 de setiembre de 2023VISTO: La invitación de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO) y la Defensoría del Pueblo de Colombia, la invitación de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), los Memorandos N° 079-2023-DP/GA y N° 080-2023-DP/GA emitidos por el Gabinete de la Defensoría del Pueblo, el Memorando N° 1352-2023-DP/OGDH emitido por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, el Memorando N° 628-2023-DP/OAF emitido por la O fi cina de Administración y Finanzas y el Informe N° 474-2023-DP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante la Resolución Defensorial N° 007-2019/DP, y sus modi fi catorias, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (en adelante la LEY y el REGLAMENTO, respectivamente), regulan la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, que irroguen o no gastos al Tesoro Público; Que, el artículo 2° de la LEY y el artículo 2° del REGLAMENTO disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República que sean estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el artículo 4° del REGLAMENTO señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 5° del REGLAMENTO dispone que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados sobre la base de la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, debiendo aprobar las Entidades del Sector Público, mediante Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario O fi cial El Peruano, menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras