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13 NORMAS LEGALES Lunes 2 de octubre de 2023 El Peruano / - Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo.” Que, con el Informe N° 474-2023-DP/OAJ, de fecha 20 de setiembre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que autorice su viaje al exterior, en comisión de servicios, a la ciudad de Barranquilla, Colombia del 02 al 07 de octubre de 2023, considerando el itinerario del viaje, para participar -como máximo representante de la Entidad- en el XXVIII Asamblea y XXVII Congreso de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson, los días 03, 04, y 05 de octubre de 2023; así como para participar en el V Diálogo Regional de la CIDH con Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH), el día 06 de octubre de 2023, de acuerdo a lo indicado en el Memorando N° 079-2023-DP/GA; irrogando gastos a la Institución, de acuerdo con el detalle indicado en el Memorando N° 628-2023-DP/OAF. Asimismo, autorizar la licencia con goce de haber del Defensor del Pueblo, por el mismo periodo, de acuerdo a lo indicado en el Memorando N° 1352-2023-DP/OGDH y encargar la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen Rodríguez Luján, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, por el mismo periodo, de acuerdo a lo indicado en el Memorando N° 080-2023-DP/GA.”; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del Defensor del Pueblo, Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, a la ciudad de Barranquilla, Colombia, considerando el itinerario del viaje, para participar en la XXVIII Asamblea y XXVII Congreso de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson, con el objetivo de evaluar las amenazas a la independencia y la autonomía de las instituciones nacionales y no nacionales de Derechos Humanos, para la Defensa de los Derechos Humanos y su impacto sobre la integridad de la democracia y la vigencia de los derechos de la ciudadanía en Iberoamérica; así como para participar en el V Diálogo Regional de la CIDH con Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH), con el objetivo de fortalecer las acciones de cooperación y generar espacios de diálogo entre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos; Con los visados de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, de la O fi cina de Administración y Finanzas, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y de la Primera Adjuntía, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° y los literales d) y q) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios del Defensor del Pueblo, Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, del 02 al 07 de octubre de 2023, considerando el itinerario del viaje, para participar en la XXVIII Asamblea y el XXVII Congreso de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson, los días 03, 04 y 05 de octubre de 2023; así como para participar en el V Diálogo Regional de la CIDH con Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH), el día 06 de octubre de 2023; eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Barranquilla, Colombia. Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos serán fi nanciados por la Defensoría del Pueblo según el siguiente detalle: -Pasajes Internacionales: US$ 884.21 dólares americanos (equivalente en soles S/ 3,360.00 aproximadamente). -Viáticos Internacionales: US$ 370 dólares americanos, por el día 06 de octubre de 2023 (equivalente en soles S/ 1,480.00). -Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo.Artículo Tercero.- AUTORIZAR la licencia con goce de haber del Defensor del Pueblo, Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, del 02 al 07 de octubre de 2023, considerando el itinerario del viaje. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 02 al 07 de octubre de 2023, y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo. Artículo Quinto.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2220333-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban Bases para el Proceso de Nombramiento de Docentes mediante Concurso Público de Méritos de la Universidad Nacional de Huancavelica, Versión-001 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA RESOLUCIÓN Nº 0899-2023-CU-UNH Huancavelica, 6 de setiembre de 2023VISTOS:01 ejemplar de las “BASES PARA EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA, VERSIÓN-001”, en 39 fojas, O fi cio Nº 0520-2023-VRAC- UNH (04.09.2023), Hoja de Trámite de Rectorado con Proveído Nº 5932 (04.09.2023), Hoja de Trámite de Secretaría General con Proveído Nº 3134 (04.09.2023), Ofi cio Transcriptorio Nº 1060-2023-CU-SEGE-R-UNH (05.09.2023); sobre aprobación de las “BASES PARA EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA, VERSIÓN-001”; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220: El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades, se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en lo normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico en el marco de la ley, respectivamente; Que, mediante Resolución Nº 0725-2023-CU-UNH (20.07.2023), se aprueba el “REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - VERSIÓN 001”, documento que consta de 04 títulos, 05 capítulos, 50º artículos, 17 Disposiciones complementarias fi nales; Que, el vicerrector académico, eleva al señor rector de la UNH, con O fi cio Nº 0520-2023-VRAC- UNH (04.09.2023), propuesta de las “BASES PARA EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES