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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (29/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2023 El Peruano / de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 140- 2023-CG, de fecha 18 de abril de 2023, se designó a la señora Marcelina Lucila García Medina en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa N° 000097-2023-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021- CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Ayacucho para dar por terminada la designación de la señora Marcelina Lucila García Medina en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, entidad bajo el ámbito de la citada Gerencia Regional de Control; Que, se debe proceder a la conclusión de la designación de la señora Marcelina Lucila García Medina en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, siendo aplicable la causal prevista en el literal f) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, esto es, la terminación de la designación en el cargo por cese por límite de edad; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000970-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000843-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da por terminada la designación de la señora Marcelina Lucila García Medina en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Ayacucho, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada, a partir del 01 de noviembre de 2023, la designación de la señora Marcelina Lucila García Medina en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2229315-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Precisan Resolución N° 0173-2023-JNE RESOLUCIÓN Nº 0186-2023-JNE Lima, veintiséis de octubre de dos mil veintitrésVISTA: la Resolución Nº 0173-2023-JNE, del 24 de octubre de 2023, publicada en el diario o fi cial El Peruano en la fecha; y CONSIDERANDO QUE:1. De la revisión de la Resolución Nº 0173-2023- JNE, se advierte que, al expedirse, por error material involuntario, en la parte resolutiva, se consignó como uno de los señores magistrados que suscribe dicho pronunciamiento “Espinoza Villanueva”, siendo lo correcto “Espinoza Valenzuela”. 2. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 1 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, por tratarse de un error material, que no altera el contenido ni el sentido de la resolución, corresponde efectuar la precisión del caso. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:1. PRECISAR la Resolución Nº 0173-2023-JNE, del 24 de octubre de 2023, en la parte resolutiva, en la cual se consignó como uno de los señores magistrados que suscribe dicho pronunciamiento “Espinoza Villanueva”, siendo lo correcto “Espinoza Valenzuela”. 2. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.