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43 NORMAS LEGALES Martes 31 de octubre de 2023 El Peruano / VISTO, el O fi cio N° 001521-2023-CG/SGE de fecha 10 de octubre de 2023, remitido por el Secretario General de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 4518-2023- FONDEPES/DIGENIPAA de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola y Anexo respectivo, el Informe N° 000234-2023-FONDEPES/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000242-2023-FONDEPES/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural N° 115-2022-FONDEPES/J, de fecha 29 de diciembre de 2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2023 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, por un monto de S/ 114 410 718,00 (Ciento Catorce Millones Cuatrocientos Diez Mil Setecientos Dieciocho y 00/100 Soles) por toda fuente de fi nanciamiento, en el marco de la Ley N° 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358 “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente”, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, que incluye a las obras públicas y las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos a cargo, entre otros, de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, cuyos montos superen los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Asimismo, el artículo 2 de la Ley en mención, dispone que para el fi nanciamiento de la aplicación del referido mecanismo de control gubernamental se destina hasta el 2% del valor total de la inversión; y, el artículo 4 establece que para el cumplimiento de la Ley se autoriza a los pliegos del gobierno nacional, regional y local a realizar modi fi caciones presupuestales con la fi nalidad de realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, disponiéndose a su vez que en el caso de entidades del gobierno nacional las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi ca el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, determina que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, mediante Comunicado S/N de fecha 31 de enero de 2022, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF señala que, en coordinación con la Contraloría General de la República, se ha elaborado el documento “Orientaciones para el registro del costo de control concurrente en las inversiones” para la aplicación de la Ley N° 31358 en las fases de Formulación y Evaluación y, Ejecución del Ciclo de Inversión por parte de las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones de los tres niveles de gobierno; y, mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01 de fecha 24 de marzo de 2022, se modi fi có el numeral 18.1 del artículo 18 de los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) la Directiva N° 0005-2022- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 022-2021-EF/50.01, en el que se establece que, excepcionalmente, cuando la ejecución de recursos mediante transferencias fi nancieras corresponda a gastos de capital en aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, mediante O fi cio N° 001521-2023-CG/SGE de fecha 10 de octubre de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República indica que en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358, y Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, solicita proceder a de fi nir y efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General por el monto de S/ 4,127,126.85 (CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTISÉIS Y 85/100 SOLES) con respecto a las inversiones con CUI 2160312, 2195346, 2329541, 2358686, 2359436, 2403964, 2406035, 2556895 y 2560696, para fi nanciar el despliegue de las acciones de control correspondientes. Asimismo, solicita con carácter de muy urgente efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General; Que, mediante Memorando Nº 4518-2023-FONDEPES/DIGENIPAA de fecha 26 de octubre del 2023, la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, con la fi nalidad de atender el requerimiento de la Contraloría General de la República efectuado mediante O fi cio N° 001521-2023- CG/SGE, solicita la habilitación de la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE” dentro de la cadena funcional programática de los referidos proyectos con la fi nalidad de gestionar las modi fi caciones presupuestarias correspondientes por el monto de S/ 409 651,00 (CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), presenta el cronograma de transferencias a la Contraloría General de la República para los años 2024 al 2026 y solicita la gestión de previsión presupuestal por S/ 293,912.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES) para el año 2024; Que, mediante Informe N° 000234-2023-FONDEPES/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para realizar una transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, por el importe de S/ 409 651,00 (CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), debido a que se cuentan con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional 2023 en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” el proyecto con CUI 2160312. Asimismo, se otorga la previsión presupuestal para el año 2024 por el monto de S/ 293 912,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 000242-2023-FONDEPES/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la realización de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 409 651,00 (CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358 “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente” sobre las inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero;