NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Viernes 1 de setiembre de 2023 El Peruano / a) Establecer mecanismos que impulsen la implementación de la Agenda de Investigación Ambiental al 2030, que contenga entre otros: propuestas de espacios de articulación del conocimiento ambiental, alianzas interinstitucionales de acuerdo a los ejes temáticos de la Agenda, así como la identi fi cación de posibles captaciones de fondos que promuevan la investigación; b) Establecer indicadores para la medición de los resultados y posibles impactos de la Agenda de Investigación Ambiental al 2030. Artículo 5.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo La Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, a través de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental, asume la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, brindando apoyo técnico y administrativo necesario para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Instalación y plazo de vigencia del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instala en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano; y tiene una vigencia de dos años, contados desde su instalación. Artículo 7.- Financiamiento Los gastos que demande la participación de los integrantes del Grupo de Trabajo se fi nancian con cargo a los presupuestos de las instituciones públicas a las que representan, no irrogando recursos adicionales al tesoro público. Artículo 8.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los miembros del Grupo de Trabajo mencionados en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 9.-Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2210375-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2023-MINCETUR Lima, 31 de agosto de 2023 VISTO, el O fi cio N° 001281-2023-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe N° 1824-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UEO/EO, de la Unidad de Ejecución de Obras de Plan COPESCO Nacional; el Informe N° 0085-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de Plan COPESCO Nacional; el Informe N° 0314-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe N° 0091-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, el Memorándum N° 893-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 367-2022-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 1.1. del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modi fi cado por la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, cuyos montos de inversión superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1. del artículo 2 de la citada Ley Nº 31358 establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones públicas, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, asimismo, el numeral 4.1. del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a los pliegos involucrados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2. del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del gobierno nacional, la cual se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante el O fi cio N° 001281-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo proceder a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Soles); para la realización de las acciones de control concurrente al proyecto de inversión con CUI 2573436 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN EL PARQUE ARQUEOLÓGICO DE MACHUPICCHU (LLAQTA, MONTAÑAS MACHUPICCHU, WAYNAPICCHU Y HUCHUYPICCHU) DISTRITO DE MACHUPICCHU DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO”, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe N° 0314-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Soles), para fi nanciar los servicios de control concurrente al proyecto de inversión a que se hace referencia en el considerando anterior, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; y, la Directiva Nº 005-2022-EF/50.01