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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 1 de setiembre de 2023 El Peruano / - FAME SAC y al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2210773-4 EDUCACIÓN Designan Jefe de la Unidad de Infraestructura Tecnológica de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 488-2023-MINEDU Lima, 31 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la Unidad de Infraestructura Tecnológica de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor OMAR MANUEL HUARCAYA LIMA en el cargo de Jefe de la Unidad de Infraestructura Tecnológica de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2210759-1 Modifican las Bases del Concurso Nacional de Comprensión Lectora para Instituciones Educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular “El Perú Lee” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 128-2023-MINEDU Lima, 31 de agosto de 2023VISTOS, el Expediente N° DEFID2023-INT-0274134, el Informe N° 00550-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y el O fi cio N° 00582-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR- DEFID, elaborados por la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Informe N° 01394-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01142-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa; Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general de Estado; Que, la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, tiene por fi nalidad reconocer y fomentar el derecho de las personas a la lectura y promover el acceso al libro, bajo un marco de inclusión, construcción de la ciudadanía y desarrollo humano, en bene fi cio del interés público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 149-2023-MINEDU y N° 183-2023-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”, cuyo sub numeral 8.7 del numeral 8 establece diversas acciones para la consolidación de aprendizajes, entre ellas, el Concurso Nacional de Comprensión Lectora para instituciones educativas públicas del país, el cual se llevará a cabo en todos los niveles educativos con el objetivo de contribuir al desarrollo de competencias y a la formación integral de los estudiantes a través de prácticas de lectura, haciendo uso de diversos formatos y medios para fortalecer la comprensión lectora durante su trayectoria como lectores con la participación de la comunidad educativa. Además, se precisa que las bases de dicho Concurso deben estar acordes a las características y niveles de desarrollo de las y los estudiantes; las mismas que serán difundidas oportunamente; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 077-2023-MINEDU, se aprueba las Bases del Concurso Nacional de Comprensión Lectora para Instituciones Educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular “El Perú Lee”, cuyo objetivo general es establecer las pautas para su implementación en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular, que contribuyen al desarrollo de competencias y a la formación integral de las y los estudiantes a través de prácticas de lectura, haciendo uso de diversos formatos y medios, para fortalecer la comprensión lectora durante la construcción de su trayectoria como lectoras y lectores, con la participación de la comunidad educativa teniendo en cuenta la diversidad cultural del país; Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00550-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elabora- do por la Dirección de Educación Física y Deporte dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de modi fi car