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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (03/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 3 de setiembre de 2023 El Peruano / correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes , a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área afectada del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE UN INMUEBLE PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “MAYOR GENERAL FAP ARMANDO REVORED O IGLESIAS”, UBICADO EN EL DISTRITO DE BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARC A N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACION (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESGRIFO CONTINENTAL S.A.C.CÓDIGO: PM1G-AERCAJAMARCA-PR-0511AREA AFECTADA TOTAL: 2379.37 m2 AFECTACION : Parcial del Inmueble 1 641 211,68LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA AFECTADA TOTAL: *Por el Frente : Colinda con la Av. Hoyos Rubios, mediante una línea recta de un (01) tramo de 26.30 m. *Por la Derecha : Colinda con propiedad de terceros; mediante una línea de un (01) tramo con 91.00 m. *Por la Izquierda : Colinda con la propiedad de terceros; mediante una línea de tres (03) tramos con 31.50; 31.51; 35.20 m. *Por el Fondo: Colinda con la carretera Cajamarca - Otuzco; mediante una línea recta de un (01) tramo con 26.40 m. COORDENADAS UTM DEL AREA AFECTADA TOTAL VERTICE LADODISTANCIA (m.)DATUM - WGS84 ESTE (x) NORTE (y) 1 1-2 31.50 777051.8698 9209504.8496 2 2-3 31.51 777075.2133 9209483.6994 3 3-4 35.20 777098.9921 9209463.0189 4 4-5 26.40 777125.1162 9209439.4271 5 5-6 91.00 777101.2573 9209428.1260 6 6-1 26.30 777032.2011 9209487.3901 PARTIDA REGISTRAL: N° 11157478 de la Ofi cina Registral Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. INFORME DE VERIFICADOR N° 019-2023-MTC/19.03-RMSS-VC de fecha 15.06.2023, suscrito por veri fi cador catastral. 2211034-1 Aprueban ejecución de expropiación del área afectada de un inmueble para la ejecución de la obra: “Obra Nueva Paso Peatonal 9 de Octubre, Subtramo 1 de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1197-2023-MTC/01.02 Lima, 31 de agosto de 2023 VISTOS: Los Memorandos Nos. 5074 y 5417- 2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 4758 y 5155-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, declara de necesidad pública, entre otros, la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “ Red Vial N° 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la Carretera Panamericana Sur”, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a