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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (03/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 3 de setiembre de 2023 El Peruano / ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000141-2023-OTASS-DE Lima, 2 de septiembre de 2023VISTO: Los Proveídos Nº 004292-2023-OTASS-DE y Nº 004308-2023-OTASS-DE de la Dirección Ejecutiva, el Proveído Nº 005007-2023-OTASS-GG de la Gerencia General, el Informe Nº 000421-2023-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 001178-2023-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 000295-2023-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, mediante Informe Nº 001178-2023-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, órgano a cargo del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de su Subsistema de Gestión del Empleo, se concluye que la señora Rossella Guilianna Leiblinger Carrasco cumple con los requisitos para ser designada en el cargo Asesora de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS; Que, mediante Informe Legal Nº 000295-2023-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable expedir la Resolución Directoral de designación de la señora Rossella Guilianna Leiblinger Carrasco en el cargo de Asesora de Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo por el cual se designe a la Asesora de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 04 de setiembre de 2023, a la señora Rossella Guilianna Leiblinger Carrasco, en el cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. Artículo 2.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución a la servidora citada en el artículo 1 de la presente resolución y a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Director Ejecutivo 2211238-1 Designan al Subgerente de la Oficina de Informática de la EPS GRAU S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000142-2023-OTASS-DE Lima, 2 de septiembre de 2023VISTO:El Informe Nº 001169-2023-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 000419-2023-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, y el Informe Legal Nº 000296-2023-OTASS-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el inciso 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 024-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, para autorizar la transferencia de recursos destinados a fortalecer la gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) en zonas declaradas en Estado de Emergencia ante intensas precipitaciones pluviales y por la probable ocurrencia del Fenómeno El Niño, y dicta otras medidas, en adelante el Decreto de Urgencia Nº 024-2023, autoriza al OTASS a actuar como administrador de las EPS sujetas al ámbito de aplicación de la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, en el marco de lo establecido en el literal b) de numeral 61.1 del artículo 61 de la precitada ley, previo acuerdo de la Junta de Acreedores de las mencionadas empresas, exceptuándosele de registrarse ante la Comisión de Procedimientos Concursales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; Que, para tal efecto, entre otros, a través del numeral 2 del inciso 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 024-2023, se dispone que, a partir del inicio del rol como administrador de las EPS sujetas al ámbito de aplicación de la Ley General del Sistema Concursal, la administración de la prestación de los servicios de saneamiento se encuentra a cargo del OTASS. Para dichos efectos, el OTASS cuenta