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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (18/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Lunes 18 de setiembre de 2023 El Peruano / diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2215978-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2335-2023-MP-FN Lima, 15 de setiembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nos. 328 y 329-2023-MP-FN-DC, suscritos por el abogado Marco Miguel Huamán Muñoz, Coordinador del Área Especializada en Denuncias Constitucionales, mediante los cuales se remite la carta de renuncia del abogado Julio César Tapia Cárdenas, al cargo de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía de la Nación, así como a su destaque para que preste apoyo al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, presentada el 15 de septiembre de 2023, por motivos personales; y se remite la propuesta de reemplazo, respectivamente. Los o fi cios Nos. 1846 y 1887-2023-MP-FN- PJFSAREQUIPA, cursados por el abogado Ciro Alejo Manzano, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, mediante los cuales se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Superior, para el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante e informa que la plaza señalada, cuenta con código AIRHSP Nº 000751 y con disponibilidad presupuestaria. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado, aceptar la renuncia formulada y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar, designar y destacar a su reemplazo, así como al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el segundo párrafo de la presente resolución, nombramientos, designaciones y/o destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Julio César Tapia Cárdenas, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Fiscalía de la Nación, así como su destaque para que preste apoyo al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, y las prórrogas de sus vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 793-2023-MP-FN y 1504-2023-MP-FN, de fechas 31 de marzo y 26 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Héctor Urbano Romero Menes, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Corporativo de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, así como su destaque para que preste apoyo al Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1002-2015-MP-FN y 1533-2023-MP-FN, de fechas 20 de marzo de 2015 y 26 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Héctor Urbano Romero Menes, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Fiscalía de la Nación y destacándolo para que preste apoyo al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Julio César Tapia Cárdenas, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto.- Disponer que los nombramientos, designaciones y/o destaque señalados en los artículos tercero y cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash, Arequipa y Lima Centro, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Coordinación Nacional de las Fiscalías