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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / Que, mediante SITFAGRAMA NO. CONTROL: BRA- 2023-066, la mencionada Jefatura señala que la Fuerza Aérea Brasileña contemplará los costos de alimentación y transporte terrestre para los participantes, conforme a la programación prevista para el evento, con excepción de pasajes aéreos internacionales, alojamiento y seguro médico; asimismo, señala que se debe considerar la llegada al Aeropuerto Internacional de Brasilia el 24 de setiembre y salida el 30 de setiembre de 2023; Que, con SITFAGRAMA Nº CONTROL: PER-2023- 066, el O fi cial de Enlace del Sistema de Cooperación de la Fuerza Aérea del Perú con fi rma la asistencia y los datos de dos (2) Especialistas en Comunicaciones (ECO) de la FAP para participar en el “Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECO) SITFAA” del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SISCOFAA); Que, a través del Informe Legal SECRE Nº 011- 2023, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú considera viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico de Segunda FAP JUAN PABLO CURO IBARRA y de la Técnico de Tercera FAP JUANA REATEGUI CABALLERO, para participar en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA Brasil y Perú - 2023, a realizarse en el lugar y fechas programadas; Que, mediante Papeleta de Trámite Nº 007340-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la autorización del mencionado viaje al exterior; Que, la Exposición de Motivos, anexada a la Papeleta de Trámite Nº 007340-2023-SECRE/FAP, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada comisión de servicio, por cuanto, permitirá al personal incrementar conocimientos e intercambiar experiencias para optimizar e implementar en la institución las mejoras en las comunicaciones y que las ayudas humanitarias sean más oportunas y efectivas; asimismo, dicha participación fortalecerá los lazos de cooperación entre los miembros del Sistema, cumpliendo los compromisos de participación asumidos internacionalmente; asimismo, precisa que los gastos por alimentación y transporte terrestre estarán a cargo de la Fuerza Aérea de la República Federativa del Brasil, a excepción de pasajes aéreos internacionales y alojamiento; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un setenta por ciento (70%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Que, la Hoja de Gastos N° 0079 DGVC-ME/SIAF- RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta) y el setenta por ciento (70%) de viáticos se ejecutarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000002 y Nº 0000001081, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público;Que, a través del O fi cio Extra FAP N° 002914-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en misión de estudios, del Técnico de Segunda FAP JUAN PABLO CURO IBARRA y de la Técnico de Tercera FAP JUANA REATEGUI CABALLERO para participar en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA Brasil y Perú - 2023, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 24 al 30 de setiembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 23 de setiembre y su retorno el 1 de octubre de 2023; Que, con O fi cio N° 02430-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 566-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable para autorizar la citada misión de estudios; Que, con Informe Legal N° 01541-2023-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la misión de estudios del Técnico de Segunda FAP JUAN PABLO CURO IBARRA y de la Técnico de Tercera FAP JUANA REATEGUI CABALLERO, para participar en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA Brasil y Perú - 2023, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Técnico de Segunda FAP JUAN PABLO CURO IBARRA, identi fi cado con NSA Nº S-60869898 y DNI Nº 43389950, y de la Técnico de Tercera FAP JUANA REATEGUI CABALLERO, identi fi cada con NSA Nº S-60939704 y DNI Nº 41394797, para participar en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA Brasil y Perú - 2023, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 24 al 30 de setiembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 23 de setiembre y su retorno el 1 de octubre de 2023. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes Aéreos: Lima - Brasilia (República Federativa del Brasil) - Lima: US$ 1,241.31 x 2 personas (Incluye TUUA) = US$ 2,482.62 Viáticos US$ 370.00 x 7 días x 2 personas x 70% = US$ 3,626.00 ---------------------- Total a pagar = US$ 6,108.62 Artículo 3.- Los gastos de alimentación y transporte local serán cubiertos por la Fuerza Aérea de la República Federativa del Brasil. Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5.- El Técnico más antiguo designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro