NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)
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TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Aprueban la Directiva denominada “Disposiciones para el préstamo externo del material bibliográfico documental de la Biblioteca Nacional del Perú con fines de exposición temporal” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000122-2023-BNP Lima, 21 de septiembre de 2023 VISTOS: El Informe Técnico N° 000020-2023-BNP-J-DPC-ECU de fecha 24 de agosto de 2023, del Equipo de Trabajo de Custodia de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Informe Técnico N° 000061-2023-BNP-GG-OPP-EMO de fecha 31 de agosto de 2023, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 001259-2023-BNP-GG-OPP de fecha 31 de agosto de 2023, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000260-2023-BNP-GG-OAJ de fecha 12 septiembre de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera, y ajusta su actuación a las normas aplicables que regulan el sector cultura; Que, el artículo 5 de la referida Ley N° 30570, establece como uno de los fi nes esenciales de la Biblioteca Nacional del Perú, el siguiente: “a. Ejercer rectoría nacional, conducir, normar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de defensa, conservación, preservación, identi fi cación, acopio, inventario, sistematización, control, difusión, promoción e investigación del patrimonio cultural documental bibliográ fi co de la nación”; Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2018-MC, dispone como una de las funciones generales de la Biblioteca Nacional del Perú, la siguiente: “a) Ejercer rectoría nacional del Sistema Nacional de Bibliotecas, conducir, normar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de defensa, conservación, preservación, identi fi cación, acopio, inventario, sistematización, control, difusión, promoción e investigación del material bibliográ fi co documental en todos sus soportes, incluyendo el patrimonio cultural bibliográ fi co documental de la nación en custodia de la BNP”; Que, el artículo 24 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea encargado de la custodia, conservación, preservación, restauración, defensa, inventario, digitalización y gestión del material bibliográ fi co documental en todos sus soportes, incluyendo el patrimonio cultural bibliográ fi co documental de la nación bajo custodia de la BNP y depende jerárquicamente de la Jefatura de la BNP; Que, mediante Resolución Jefatural N° 093-2018- BNP, se aprobó la creación de los equipos de trabajo de los órganos de línea de la entidad, entre ellos, el Equipo de Trabajo de Custodia de la Dirección de Protección de las Colecciones, el cual tiene como una de sus funciones, la siguiente: “a) Proponer lineamientos técnicos para la estandarización de las actividades de Organización, control de existencias, traslado e identi fi cación de material bibliográ fi co documental”; Que, por medio del Decreto Supremo N° 007-2020- MC, se modi fi có el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, disponiendo entre otros, la incorporación de diversos artículos, entre ellos, los artículos 51-A y 54-A, relacionados con la autorización de traslado de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para exposición temporal dentro del territorio nacional y la condición para la salida temporal del país de bienes culturales muebles, respectivamente; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, prescribe que los actos de administración interna se orientan a la e fi cacia y e fi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades. Son emitidos por el órgano competente y su objeto debe ser física y jurídicamente posible; Que, el Equipo de Trabajo de Custodia de la Dirección de Protección de las Colecciones, mediante el Informe Técnico N° 000020-2023-BNP-J-DPC-ECU, presentó el sustento técnico de la propuesta de Directiva denominada “Lineamientos para el préstamo externo del material bibliográ fi co documental de la Biblioteca Nacional del Perú con fi nes de exposición temporal”; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, sustentándose en el Informe Técnico N° 000061-2023-BNP-GG-OPP-EMO de su Equipo de Trabajo de Modernización, emite opinión favorable respecto de la citada propuesta de Directiva; Que, la propuesta de Directiva tiene por fi nalidad garantizar la protección, seguridad y conservación del material bibliográ fi co documental de la Biblioteca Nacional del Perú solicitado y entregado en calidad de préstamo externo, con fi nes de exposición temporal; Que, a través del Informe Legal N° 000260-2023-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal, recomendando la emisión del respectivo acto resolutivo; Que, la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable de dirigir y representar a la entidad, y tiene entre sus funciones, el aprobar directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión de la entidad; Con el visado de la Dirección de Protección de las Colecciones, de la Dirección de Gestión de las Colecciones, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Custodia de la Dirección de Protección de las Colecciones; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la Directiva denominada “Disposiciones para el préstamo externo del material bibliográ fi co documental de la Biblioteca Nacional del Perú con fi nes de exposición temporal”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe InstitucionalJefatura Institucional 2217843-1