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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023 El Peruano / Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para participar en el “54° Campeonato Mundial Militar de Tiro”, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil; autorizando su salida del país el 22 de setiembre y su retorno el 30 de setiembre de 2023: Jefe de DelegaciónMayor General FAP Roberto Martín ARANDA DEL CASTILLODNI N° 43407013 Jefe de EquipoCapitán de Corbeta Juan Carlos Jesús TELLO NUÑEZDNI N° 43370851 EntrenadorTécnico 1ra FAP Alexander Eloy PADILLA LAURENTEDNI N° 24384528 Deportista Titular Coronel EP Viktor Daniel PRECIADO ROJASDNI N° 43703296 Deportista Titular Teniente Primero Brianda Nicole RIVERA VILLEGASDNI N° 46697091 Deportista Titular Teniente FAP Liz Graciela CARRION VILLANUEVADNI N° 48343302 Deportista Titular Cadete EMCH Madelein CUBA ALFARODNI N° 70931258 Deportista Titular Cadete EMCH Carlos Manuel SALINAS CONDORDNI N° 76139841 Deportista Titular Cadete EOFAP Jeferson Darío CHUMACERO LOPEZDNI N° 74600147 Deportista TitularTécnico 2da FAP David ROSALES PIMENTELDNI N° 40190709 Deportista TitularSubo fi cial 1ra FAP Kevin Luis ALTAMIRANO FARFÁNDNI N° 73007665Artículo 2.- La Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima – Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) – Lima: US$ 1,800.00 x 11 personas (incluye TUUA) US$ 19,800.00Viáticos:US$ 370.00 x 11 personas x 9 días x 20% US$ 7,326.00 ------------------- Total a pagar: US$ 27,126.00 Artículo 3.- El personal militar autorizado más antiguo comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2217421-1 Editora Perú Le invitamos a llenar el formulario de satisfacción ll l ENCUESTA DESATISFACCIÓN Sobre su experiencia conel PGA Normas Legales https://goo.su/X4obQGkESCANEA EL QR ón A DE CIÓN n u/X4obQGk N