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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Directoral Nº D000061-2023-COFOPRI-DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la señora Augusta Isabel Urcia Saavedra en el cargo de Jefa de la O fi cina Zonal de Pasco del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, en la modalidad de CAS de con fi anza. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración adopte las acciones que resulten necesarias para la suscripción del contrato administrativo correspondiente, de acuerdo a la normativa aplicable. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, noti fi que la presente resolución directoral a las personas a que se re fi ere los artículos 1 y 2 precedentes, para su conocimiento y fi nes. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo; y, la O fi cina de Sistemas realicen las acciones correspondientes, a fi n de que la presente resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri) Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Director Ejecutivo - COFOPRI 2220259-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Amplían las facultades delegadas en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000101-2023-SIS/J RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000175-2023-SIS/J La Victoria, 28 de setiembre del 2023VISTOS: El Informe N° 000574-2023-SIS/OGAR- UGRH de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Legal N° 000673-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud-ROF del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011- SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, señala que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”; Que, el artículo 10 del citado reglamento indica que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS, estando a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien actúa como Titular del Pliego Presupuestal. Asimismo, el numeral 11.13 del artículo 11 establece que el Jefe del SIS puede delegar las funciones no privativas de su cargo cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los límites que establezca la Ley; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General-TUO de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que “El ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley”;Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del citado TUO de la Ley N° 27444, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, en su artículo 79 dispone que, el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, en relación a ello, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que “El Titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad (…)”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000101- 2023/SIS/J, se delegaron diversas facultades en el/la Secretario/a General; en el/la Director/a General de la Ofi cina General de Administración de Recursos; en el/la directora/a Ejecutivo/a) de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos; en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento; en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Unidad Funcional de Contabilidad; y, en el/la Director/a General de la O fi cina General de Imagen Institucional y Transparencia; Que, mediante Informe N° 000574-2023-SIS/OGAR- UGRH, la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la OGAR informa que ha procedido a dar baja temporal en el Registro del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) el cargo de Jefe del SIS; así como, en el módulo de Mantenimiento de Titulares y Responsables del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que, requiere el registro de un nuevo titular que la Jefatura del SIS delegue; Que, mediante Informe Nº 000673-2023-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, estando a lo informado por la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la OGAR, considera que debe recaer en la máxima autoridad administrativa del SIS, por lo que, brinda viabilidad legal a la ampliación de delegación y asignación en el/la Secretario/a General de la facultad de designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias del Seguro Integral de Salud; Que, asimismo, con la fi nalidad de hacer efectiva la facultad delegada en el el/la Secretario/a General, resulta conveniente que se deje sin efecto la Resolución Jefatural N° 000144-2023-SIS/J mediante la cual se aprueba el reporte “Anexo-Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias”; Que, con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa del SIS, resulta conveniente ampliar la delegación de facultades que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del Jefe del SIS; Con el visto de la Directora General (e) de la O fi cina General de Administración de Recursos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Ampliar las facultades delegadas en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000101-2023-SIS/J, en el/la Secretario/a General del Seguro Integral de Salud, conforme al siguiente detalle: “(…)e) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias del Seguro Integral de Salud.” Artículo 2.- La Secretaría General debe informar semestralmente a la Jefatura del Seguro Integral de Salud sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente resolución.