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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (06/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 6 de abril de 2024 El Peruano / determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la norma citada. Que, el Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1440, establece en su artículo 76 que “Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario”, agregando que: “las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público”. Que, por su parte, el artículo 13º de la Ley N° 31953, del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, regula las transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2024, comprendiendo de manera expresa en su literal h) a las siguientes: h) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el primer trimestre del año 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza 154-AREQUIPA, establece en su artículo 16º las atribuciones del Consejo Regional, comprendiendo ente ellas la siguiente: 16.24 Aprobar transferencias fi nancieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe favorable de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial. Que, en la misma línea, el Articulo 13 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 establece las formalidades para las transferencias fi nancieras en los siguientes términos: 13.2 Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital. 13.4 la entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal i) del numeral 13.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos . Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo.Que, por otro lado, el Gobierno Regional de Arequipa ha emitido la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “ Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales ”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 395-2019-GRA-GR, la misma que establece los requisitos y procedimiento interno para las transferencias fi nancieras tanto para la elaboración de expedientes técnicos como para la ejecución de obras y mantenimiento. Que, esta Directiva establece los requisitos que debe cumplir una transferencia fi nanciera en su numeral 7.1.3 en la forma siguiente: PARA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO:PARA EJECUCIÓN DE OBRA/ MANTENIMIENTO: a) Formato de Registro del Banco de Inversiones. b) Plan de Trabajo de Elaboración del expediente técnico (Analítico de costos, cronograma de elaboración del expediente técnico, entre otros según sea el caso). c) Saneamiento de terreno entre otros documentos legales y complementarios. d) Autorizaciones del Sector, de ser el caso. a) Memoria Descriptiva b) Especi fi caciones Técnicas c) Planos de ejecución de obrad) Planilla de Metrados.e) Presupuesto de obraf) Presupuesto analítico de obrag) Análisis de precios unitariosh) Calendario de avance de obra valorizado. i) Cronograma de Ejecución de Obra j) Fórmulas Polinómicas, según corresponda. k) Estudios básicos (según corresponda) l) Memoria de cálculos (según corresponda). m) Análisis de riesgos (según corresponda) n) Saneamiento de Terreno entre otros documentos legales y complementarios. o) Autorizaciones del Sector, de ser el caso Que, el Ejecutivo Regional con O fi cio N° 0141- 2024-GRA/GR, ha remitido tres expedientes al Consejo Regional para aprobación de transferencias fi nancieras de saldos presupuestal, los que han sido remitidos a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto para su revisión a la luz del marco normativo descrito. Que, la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional de Arequipa, mediante el Dictamen Nº 004-2024-GRA/CR-CPP con fecha 18 de marzo del presente año, remitió la propuesta de Acuerdo Regional que autoriza transferencias fi nancieras de saldo presupuestal a favor de los Gobiernos Locales de la Región Arequipa. Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas aplicables, se aprueba por MAYORIA en Sesión de Consejo Ordinaria lo siguiente: ACUERDA:Primero.- APROBAR, la transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades que se ha señala en el presente cuadro, por el monto de S/. 13,285,823.06 (Trece millones doscientos ochenta y cinco mil ochocientos veintitrés con 06/100 Soles) conforme al siguiente detalle: N° Provincia Distrito Proyecto CUIMonto S/ 01 ArequipaSan Juan de TarucaniAMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA ELECTRICO RURAL DE LINEA PRIMARIA, RED PRIMARIA Y RED SECUNDARIA EN 22.9 KV EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE TARUCANI – AREQUIPA - AREQUIPA253622 S/. 10, 062, 253.00 02 Castilla HuancarquiMEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA CALLE RAMÓN CASTILLA HUANCARQUI, DEL DISTRITO DE HUANCARQUI - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2466450 S/. 3, 223, 570.06 TOTAL S/ 13,285,823.06