Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (06/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 6 de abril de 2024 El Peruano / Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2276983-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Cuba, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0384-2024-R-UNA Puno, 4 de marzo del 2024 VISTOS: El OFICIO N° 057-2024-VRI-UNA-PUNO (21-02- 2024), procedente del Vicerrectorado de Investigación-UNA-PUNO; y, el MEMORÁNDUM N° 189-2024-SG-UNA- PUNO (01-03-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje al extranjero, ciudad de HABANA-CUBA, del Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, Vicerrector de Investigación; con fi nes de participación en evento internacional; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano-Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220- Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, cuerpo normativo que entre otros, indica que la autorización de viaje debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad. También es de consideración mencionar, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;Que, mediante OFICIO N° 057-2024-VRI-UNA- PUNO, el Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, en atención a la invitación contenida en el OFICIO N° 003-2024-Lima, cursado por el representante legal de FUTUREMIN S.A.C. en representación de Hero Startup, solicita la autorización de viaje a la ciudad de La Habana-CUBA del 17 al 24 del mes y año en curso, a fi n de participar en el “II ENCUENTRO INTERNACIONAL DE CIENCIA, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA” que tiene como objetivo promover el intercambio de conocimientos, la transferencia tecnológica y la colaboración entre universidades, empresas y parques cientí fi cos, impulsando la sinergia en el ámbito académico y empresarial, y fomentando la innovación, la investigación y el desarrollo tecnológico, a realizarse del 19 al 21 de marzo del 2024 con sede en La Habana- Cuba; asimismo requiriéndose para el efecto, la autorización de los gastos de viaje, por la suma de S/. 25,000.00 Soles, con afectación a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación, de conformidad al respectivo Plan de Trabajo; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto ha emitido su opinión técnica contenida en el INFORME N° 0415-2024-UP- OPP-UNA-PUNO (28-02-2024), del cual se in fi ere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la META SIAF-0037-“5000650 DESARROLLO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA: 0000616. DESARROLLO DE PROYECTOS Y ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA”, hasta por el importe de S/. 25,000.00 Soles; por lo que resulta la posibilidad de autorizar los gastos de viaje requeridos. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL N° 401-2024-OAJ-UNA-PUNO (28-02-2024), de la que se desprende que es viable autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto-UNA- PUNO (RAU. N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de febrero del presente año; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al extranjero, ciudad de LA HABANA-CUBA, en comisión de servicio con goce de haber, a partir del 17 al 24 de marzo del 2024, al Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno-Perú, con fi nes de participar en el “II ENCUENTRO INTERNACIONAL DE CIENCIA, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA”, que se realizará del 19 al 21 de marzo del presente año con sede en La Habana- Cuba; disponiéndose para el efecto, se le otorgue una bolsa de viaje por el monto de VEINTICINCO MIL CON 00/100 SOLES (S/. 25,000.00), con cargo a la META SIAF-0037-“5000650 DESARROLLO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA: 0000616. DESARROLLO DE PROYECTOS Y ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA”, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo. Artículo Segundo.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.