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12 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2024 El Peruano / Nº 50 emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, bajo el Expediente Nº 00083-2020-0-1101-JR-CI-01, de acuerdo al área geográ fi ca detallada en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, por un plazo de noventa (90) días hábiles, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma.” (…) 2283373-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2024 Modificado versión 1 del MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2024-MINCETUR Lima, 24 de abril de 2024 VISTO, el Informe Nº 0118-2024-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Memorándum Nº 0373-2024-MINCETUR/SG/OGPPD, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo Nº 1088, de fecha 28 de junio de 2008, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros - PCM; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/ PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018/ CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, cuyo contenido y sus modi fi catorias son aplicables para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, y que establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, la Política General de Gobierno y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 16-2019-CEPLAN/PCD, se modi fi ca la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, estableciendo el plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno, y las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del PEI y el POI; según lo establecido en el numeral 6.3 de la precitada Guía, el POI anual en ejecución se modi fi ca, además, cuando se presentan cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; Que, por Resolución Ministerial Nº 400-2023-MINCETUR, de fecha 29 de diciembre de 2023, se aprobó el Plan Operativo Institucional – POI 2024 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, en consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2024; Que, las Unidades Ejecutoras del Pliego han solicitado la modi fi cación del POI antes mencionado, y mediante los documentos del Visto la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo estima pertinente la modi fi cación del POI 2024 del MINCETUR y solicita la aprobación del referido documento de gestión;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modi fi catorias, y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 33-2017-CEPLAN/PCD, y modi fi catorias, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional - POI 2024 Modi fi cado versión 1 del MINCETUR, aprobado con Resolución Ministerial Nº 400-2023-MINCETUR, correspondiente al Pliego 035: MINCETUR, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Gobierno Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH GALDO MARÍN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2283021-1 CUL TURA Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000186-2024-MC San Borja, 24 de abril del 2024VISTOS: el Proveído Nº 004002-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000488-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000588-2024-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos; Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y