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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (28/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 28 de abril de 2024 El Peruano / de la Municipalidad Distrital de San Luis; por lo que corresponde precisar las facultades del mismo para llevar a cabo el Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior; Que, mediante Ordenanza N° 289-MDSL/C publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 06 de febrero de 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Luis, cuyo numeral 20 del artículo 25 establece dentro de sus funciones atender y brindar la información relativa al procedimiento de acceso a la información pública en los plazos que señala la ley, función que ejerce el Secretario General designado mediante Resolución de Alcaldía N° 094-2024-MDSL/AL, señor MARIO ANGEL SALAZAR PAZ; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6 del artículo 20° y el artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor MARIO ÁNGEL SALAZAR PAZ, Secretario General de la Municipalidad Distrital de San Luis, como funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores municipales brinden la información que le sea requerida por el funcionario responsable, a fi n de que éste pueda cumplir con sus funciones en los plazos previstos en la Ley, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 001-2023-MDSL-AL, de fecha 03 de enero del 2024 y toda norma que se oponga a la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, dentro del ámbito de sus competencias. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis y a la Secretaria General, la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2283737-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban Ordenanza que Regula los procedimientos de Licencia de Funcionamiento en el distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 00352/MDSA Santa Anita, 15 de abril de 2024El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO; VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha que se indica, el Dictamen Nº 002-2024-MDSA/CRDE de la Comisión de Rentas y Desarrollo Económico, el Memorándum Nº 232-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 156-2024-MDSA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 052-2024-SGDEL-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, el Memorándum Nº 130-2024/GODU-MDSA de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 0106-2024-OGPPPI-MDSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el Informe Nº 054-2023-SATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico Local, Informe Nº 643-2023-SGSFT-GSCF-MDSA de la Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Transporte, respecto al proyecto de Ordenanza que Regula los procedimientos de Licencias de Funcionamiento en el Distrito de Santa Anita; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado en su artículo 194º y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas; Que, mediante Informe Nº 052-2024-SGDEL-GSATDE/ MDSA la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, propone la Ordenanza que Regula los Procedimientos de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Santa Anita, precisa que se ha tomado las recomendaciones efectuadas en los actuados y lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1568-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Informe Nº 156-2024-OGAJ/MDSA la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la propuesta de ordenanza que regula los procedimientos de Licencias de Funcionamiento en el Distrito de Santa Anita, tiene por objeto regular los aspectos técnicos y administrativos para el otorgamiento de licencias de funcionamiento que permite el desarrollo de actividades económicas de comercio, industria y/o servicios lucrativos o no lucrativos y demás autorizaciones derivadas y anexos; simpli fi cando y dándole la celeridad a los procedimientos para mejorar la calidad de los servicios administrativos prestados en bene fi cio de la población; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 9º numeral 8) y 20º numeral 5) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, se acordó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE SANTA ANITA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que Regula los procedimientos de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Santa Anita, el cual en anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.. Artículo Tercero.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y encargar a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación de esta Ordenanza y el Anexo I, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2282581-1