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22 NORMAS LEGALES Domingo 28 de abril de 2024 El Peruano / 1) Tarjeta Vecino Linceño Preferente, 2) Sorteo de Bienes Muebles, 3) Servicio de Seguro Puntual Linceño y 4) Otros que puedan implementarse en el tiempo que coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones tributarias en Lince, asimismo en su artículo cuarto faculta a la Alcaldesa de la Municipalidad de Lince para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe nuevos bene fi cios y/o incentivos; Que, con fecha 07 de setiembre de 2023, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Ordenanza Nº 490-2023- MDL, que aprueba el Reglamento de Organización y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que en su artículo 71° establece como algunas de las funciones de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente lo siguiente: i) Diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias (…); Que, el artículo 20° de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 776 y modi fi cado por Decreto Legislativo N° 952 establece que: “El Rendimiento del Impuesto Predial, constituye renta de la Municipal Distrital respectiva en cuya jurisdicción se encuentran ubicados los predios materia del impuesto, estando a su cargo la administración del mismo. El 5% (cinco por ciento) del rendimiento del impuesto se destina exclusivamente a fi nanciar el desarrollo y mantenimiento del catastro digital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación”; Que, con fecha 29 de diciembre de 2023, se publicó en el diario o fi cial El Peruano, el Decreto Supremo N° 318-2023-EF, que aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2024; Que, con fecha 19 de enero de 2024, se publicó en el diario o fi cial El Peruano, la Resolución Directoral N° 0006-2024-EF/50.01 del MEF que aprueban los cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2024; Que, con fecha 02 de diciembre de 2023, se publicó en el diario El Peruano, la Ordenanza N° 498-2023, Ordenanza que fi ja el pago mínimo de Impuesto Predial 2024, calendario tributario e incentivos tributarios hasta el 29 de febrero de 2024; Que, con fecha 29 de febrero de 2024, se publicó en el diario o fi cial El Peruano, el Decreto de Alcaldía Nº 02- 2021-MDL, que prorrogan plazo de vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2024, así como la primera cuota del pago fraccionado; y de la Primera y Segunda Cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2024 y el Incentivo de Pronto Pago establecido en la Ordenanza Nº 498-2023- MDL hasta el 27 de marzo de 2024; Que, el presente Decreto de Alcaldía tiene como objetivo premiar e incentivar a los contribuyentes del distrito de Lince que forman parte del “Programa de Incentivos del Vecino Linceño Preferente”, para aquellos contribuyentes personas naturales, propietarias de casa habitación, que realizaron el pago de sus tributos de acuerdo a lo dispuesto en el calendario tributario o prorrogas ingresaran automáticamente al sorteo, asimismo los que hayan regularizado el pago de sus obligaciones tributarias hasta el 30 de abril de 2024; Que, con Informe Técnico N° 09-2024-MDL/GAT/ SRROC, de fecha 19 de abril de 2024, la Subgerencia de Registros, Recaudación y Orientación al Contribuyente de la Gerencia de Administración Tributaria, opina que se debería organizar un Sorteo premiando a los contribuyentes que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias hasta el 30 de abril de 2024; Que, el Informe N° 00023-2024-MDL/GAT, de fecha 22 de abril de 2024, el Gerente de Administración Tributaria, hace suya la propuesta de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente y solicita a la Gerencia Municipal, disponga efectuar las acciones necesarias para efectuar la propuesta realizada; Que, con Acta de Instalación de Comisión para la Organización de Bene fi cios a Otorgarse en el Programa de Incentivos del Vecino Linceño, regulado mediante Ordenanza Municipal N° 307-MDL, de fecha 18 de enero de 2013, consideraron realizar un sorteo de bienes muebles, el que se efectuará de manera electrónica; Que, con Informe N° 00211-2024-MDL-OGAJ, de fecha 24 de abril de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía, de las Bases del sorteo “La Municipalidad de Lince premia tu puntualidad”; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo 1.- APROBAR las Bases del Sorteo “La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad” que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la O fi cina de Tecnologías de la Información. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Portal de la Municipalidad Distrital de Lince y a la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión correspondiente. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2283820-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad de Magdalena del Mar para el año 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2024-DA-MDMM Magdalena del Mar, 17 de abril del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTO El Informe Técnico N°005-2024-JCMC emitido por el Coordinador Ambiental Plan Anual de Fiscalización Ambiental (PLANEFA), el Memorando N°247-2024-GDSGA-MDMM emitido por la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Memorando N°1069-2024-OGPP-MDMM emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°285-2024- OGAJ-MDMM emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°408-2024-GM/MDMM, y; CONSIDERANDOQue, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N°30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos