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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (30/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2024 El Peruano / suma de S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados, exclusivamente, para el financiamiento de los fines del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) correspondiente al Tramo I y Tramo II del año 2023; siendo que la transferencia se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, y se incorporan en los gobiernos locales, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, el cual se publica hasta el 30 de abril de 2024; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0025- 2023-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público modificó el Anexo de la Resolución Directoral Nº 0015-2023-EF/50.01, que aprobó los resultados de la verificación del cumplimiento de metas del Tramo I del año 2023 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, incorporando en los resultados complementarios del referido tramo a 14 (catorce) gobiernos locales; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0020- 2024-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público aprueba los resultados finales del cumplimiento de las metas del Tramo II del año 2023 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, mediante la Ley N° 31936, Ley que deroga la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y dicta otras disposiciones, se deroga la Disposición Complementaria Final en mención, a la que hace referencia el artículo 13 de los citados Procedimientos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 373 775 882,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de los gobiernos locales que han cumplido las metas del Tramo II del PI del año 2023 y los resultados complementarios del Tramo I del año 2023; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29332, Ley que crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; en la Ley N° 31936, Ley que deroga la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y dicta otras disposiciones; en el literal a) del numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, en el Decreto Supremo N° 095-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y dicta otras disposiciones; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 373 775 882,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales por el cumplimiento de las metas del Tramo II del año 2023 y los resultados complementarios del Tramo I del año 2023 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5005842 : Transferencias Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL2.4 Donaciones y transferencias S/ 373 775 882,00 ---------------------- TOTAL EGRESOS : S/ 373 775 882,00 ============= A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados ---------------------- TOTAL EGRESOS : S/ 373 775 882,00 ============= 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo I: “Montos a transferir a favor de diversos gobiernos locales por el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Tramo II del año 2023 y los resultados complementarios del Tramo I del año 2023”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se detalla en el Anexo II: “Ingresos”, que forma parte de la presente norma. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego del Gobierno Nacional involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los gobiernos locales elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo establecido en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.