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26 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2024 El Peruano / el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022- 2024, con el objeto de brindar y financiar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante Memorando N° 000904-2024- SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional remite el Informe N° 000012-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certificado de Crédito Presupuestario N° 945, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia financiera para el financiamiento de las prestaciones de salud y administrativas, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante Memorando N° 000859-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000007-2024-SIS/GNF-VSN, con el que “(…) se propone la programación de transferencia financiera por el importe total de S/ 139,154,387, desagregados de la siguiente manera: por el mecanismo de pago Per Cápita el importe de S/ 55,929,404 (de los cuales por transferencias regulares corresponde el monto de S/ 32,691,170 y por ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y modificatoria la suma S/ 23,238,234) y por el mecanismo de pago por Prestaciones de Salud el importe de S/ 83,224,983, (de los cuales por transferencias regulares corresponde el monto de S/ 56,449,863 y por Ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y su modificatoria la suma de S/ 26,775,120), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios - APNOP, a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas en el Informe N° 000013-2024-SIS/GNF-EPH (…)”; Que, mediante Informe Legal N° 000249-2024-SIS/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 139,154,387.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Abril 2024” que forma parte integrante de la presente resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; y, en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030- 2014-SA y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 139,154,387.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Abril 2024”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y administrativas diferencie, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.03 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000019-2024-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación financiera, según corresponda. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Remitir la presente resolución a la Oficina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia financiera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario oficial El Peruano, y en la misma fecha, la Resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2284268-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Aprueban el programa de transferencias mensuales de los recursos del FISE habilitados para el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial a las distribuidoras eléctricas, para el periodo del 01 de mayo al 03 de agosto de 2024 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 022-2024-OS/GRT Lima, 26 de abril de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30468 se creó el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial (en adelante “MCTER”) destinado a compensar, con los