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54 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2024 El Peruano / el Memorando Nº 400-2024-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 129-2024-OAJ-MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 056-2024-GRAT-MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe N° 229-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre “Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.”, ello concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, el artículo 74º de la misma Carta Magna establece que: “Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, (…).”, en tanto, el numeral 4) del artículo 195° establece que los gobiernos locales son competentes para: “Crear, modificar, suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley.”; Que, el numeral 8) y 9) del Artículo 9° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribuciones del Concejo Municipal la de: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” y “Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”; asimismo, el artículo 40º de la Ley citada, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…)”; Que, el artículo 60° del Decreto Supremo N° 156- 2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal refiere respecto al marco normativo para las contribuciones y tasas municipales que: “Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Artículo 195 y por el Artículo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley (…)”; Que, la Norma IV, del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, precisa que: “Los gobiernos locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”; en tanto, la Norma VII señala que: “La dación de normas legales que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios, se sujetarán a las siguientes reglas: a) Deberá encontrarse sustentada en una Exposición de Motivos que contenga el objetivo y alcances de la propuesta, (…)”; Que, con Informe Nº 056-2024-GRAT/MVES, la Gerencia Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe N° 229-2024-SGRCEC- GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva; y conforme a sus funciones establecidas en la Ordenanza Nº 479-MVES, que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con Enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, señala que a fin de motivar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones tributarias de manera voluntaria, es pertinente concederles facilidades para el pago de sus deudas tributarias; por lo cual, ante la necesidad del cumplimiento de las metas institucionales y atendiendo a la capacidad contributiva de los vecinos, resulta necesario la creación de una herramienta que coadyuve de manera excepcional a la oportuna recaudación en favor de la Municipalidad; en dicho sentido, en coordinación con la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, remite el “Proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”, precisando que el citado proyecto de Ordenanza, establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, cuyos predios hayan sido declarados como uso casa – habitación, por lo que, solicitan continuar con el trámite respectivo para su aprobación en virtud a lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; adjuntado la exposición de motivos que la sustenta; Que, con Informe Nº 129-2024-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar, el artículo 33° y artículo 41° del Decreto Supremo N° 133- 2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, emite opinión legal precisando que resulta legalmente viable la aprobación de la Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador; acotando que, resulta innecesaria la pre publicación de la norma dado que la citada Ordenanza constituye un beneficio a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador; ello conforme lo establece el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, recomendando se eleve el Proyecto normativo ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades establecidas en el numeral 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, proceda a su aprobación; Que, con Memorando N° 400-2024-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20 del artículo 14° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; remite a la Oficina de Secretaría General, los actuados administrativos del “Proyecto de Ordenanza que establece Beneficios Tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”, a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen N° 002-2024-CRAT-MVES de la Comisión de Rentas y Administración Tributaria, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- OBJETIVO Y AMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios tributarios de carácter temporal a favor de los