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41 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2024 El Peruano / laboral y previsional, con el fin de realizar una planificación de actividades en relación al referido monitoreo. Segundo. Que, en ese contexto, y considerando la competencia funcional asignada al referido equipo, mediante Resolución Corrida N° 001599-2023-P-CE-PJ la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó la realización del “I Seminario del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, que se realizó en la ciudad de Arequipa el 2 y 3 de noviembre de 2023, a fin que los jueces de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional, evalúen y propongan propuestas de mejora en la etapa de ejecución en la mencionada subespecialidad, emitiéndose así el Informe N° 014-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ. Tercero. Que, el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante Oficio N° 000168-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, solicita incorporar la propuesta de elaboración del documento normativo denominado “Protocolo de actuación de la etapa de ejecución de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales”, en el “Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para el año 2024”, esto como consecuencia de la propuesta realizada en el Informe N° 000022-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ emitido por el Responsable del Componente Normativo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; agregando que la referida actividad, se efectivizará con los recursos asignados por la Gerencia General del Poder Judicial al referido equipo técnico. Cuarto. Que, en ese sentido, la actividad que se propone incorporar al “Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para el año 2024” tiene el propósito de estandarizar los procesos y/o procedimientos en la etapa de ejecución de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, lo que impactará de manera positiva en dicha etapa con la finalidad de concretar principios procesales, como los de celeridad y economía procesal, en beneficio de las partes procesales. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 592- 2024 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de abril de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión del documento normativo denominado “Protocolo de actuación de la etapa de ejecución de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales”, al “Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para el año 2024”. Artículo Segundo.- Los gastos generados por la referida actividad, serán sufragados con los recursos asignados por la Gerencia General del Poder Judicial, al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución al Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2284205-1Disponen que el “Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional”, mantenga su vigencia en el año 2024, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000134-2024-CE-PJ Lima, 29 de abril del 2024 VISTO: El Oficio N° 000398-2024-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Memorando N° 000584-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000254-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan para la Descarga de los Procesos Judiciales 2023”, que incluye el “Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional”, para atender los procesos judiciales pendientes en ejecución, y la descarga de los procesos judiciales pendientes en trámite, en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, Lima Este y Piura. Segundo. Que, sobre el particular, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 000398-2024-GG-PJ pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno el documento denominado “Informe de Resultados de los Módulos de Ejecución de Apoyo a la Función Jurisdiccional”; así como el Memorando N° 000584-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación, que contiene el Informe N° 000011-2024-SE-GP-GG- PJ de la Subgerencia de Estadística, el cual concluye, entre otros, que los Módulos de Ejecución de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, Lima Este y Piura, en el periodo de octubre a diciembre de 2023, han superado la meta propuesta, resolviendo 36 070 expedientes en ejecución de sentencia y remitiéndolos de forma definitiva al archivo; esto ha permitido fortalecer el servicio de administración de justicia, mediante el cumplimiento oportuno de las decisiones judiciales. Razón por la cual, solicita que a través del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se disponga que el referido plan piloto mantenga su vigencia en el año 2024; y se conforme una comisión de trabajo para que se fijen los estándares de ejecución en las diferentes especialidades e instancias a nivel nacional. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia General del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 553- 2024 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de abril de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el “Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional”, mantenga su vigencia en el año 2024; a fin de obtener mayores resultados en la descarga de los procesos judiciales en eje cución.