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40 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2024 El Peruano / del Interior, la implementación de un Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo e Inteligencia (C4i), el cual será un espacio de articulación con entidades como el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, Policía Nacional del Perú, Seguridad Ciudadana, Sistema de Atención Móvil de Urgencia, Centro de Operaciones de Emergencia Regional, entre otros, para lo cual se deberá celebrar convenios para su interconexión. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, al Comité Regional de Seguridad Ciudadana y a la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER o la que haga sus veces, en coordinación con el Ministerio del Interior la elaboración de un instrumento de gestión y del reglamento interno para el correcto funcionamiento del Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo e Inteligencia (C4i), así como para la administración del mismo, en un plazo de 180 días calendario a partir de su creación. Asimismo, el Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo e Inteligencia (C4i) brindará información a tiempo real al Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana, el cual se encarga de recopilar, procesar, sistematizar, analizar y difundir información sobre la inseguridad, violencia y delitos en la región; proporcionando información con fi able, oportuna y de calidad que sirva de base para el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos vinculados a la seguridad ciudadana. Artículo Cuarto.- IMPULSAR en los Gobiernos Locales (Provinciales y Distritales), la implementación de un Centro Integrado de Monitoreo de Geolocalización de Patrullaje Municipal, así como Centro de Control de Video-Vigilancia, los cuales deberán estar interconectados con el Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo e Inteligencia (C4i). Artículo Quinto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de la Región Tacna y a la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER o la que haga sus veces, en coordinación con los Gobiernos Locales, Policía Nacional del Perú y el Ministerio del Interior, la implementación de la comunicación TETRA de la PNP integrada con el Gobierno Regional de Tacna, Gobiernos Locales e instituciones públicas y privadas, de amplia cobertura, para la seguridad ciudadana, y atención de emergencias y desastres. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y a la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER o la que haga sus veces, en coordinación con los Gobiernos Locales, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio del Interior, la implementación del Sistema de Seguridad con video vigilancia integrados entre la Policía Nacional del Perú, el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales focalizados para la población de zonas urbanas con mayor incidencia delictiva. Artículo Sétimo.- PROMOVER a través del Gobierno Regional de Tacna, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER o la que haga sus veces, en coordinación con el Ministerio del Interior, la implementación por parte de los Gobiernos Locales del Servicio de Patrullaje aéreo con aeronaves tripuladas de ala rotatoria y aeronaves pilotadas a distancia implementado para el bene fi cio de la población de distritos con mayor incidencia delictiva, el mismo que estará interconectado con el Centro de Comando, Control, Comunicación y Cómputo e Inteligencia (C4i). Artículo Octavo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna implemente la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Décimo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. En la ciudad de Tacna, al día treinta de mayo de dos mil veinticuatro. JUAN VELASQUEZ LIMACHE PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 14 de junio de 2024. LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2313917-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES