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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (17/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 17 de agosto de 2024 El Peruano / Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el artículo 2 de la Ley N° 31358, modi fi cado por la Novena Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de Ley N° 31358, se destina para su fi nanciamiento hasta el 0.5% (cinco décimas por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y, se dispone que las referidas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, establece que el monto a transferir durante Año Fiscal 2024, para la aplicación de las transferencias fi nancieras a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde únicamente al cinco décimas por ciento (0.5%) del valor mínimo entre el Presupuesto Institucional Modi fi cado y el monto programado de ejecución para el año fi scal de acuerdo con el registro del Formato 12-B de la inversión materia de la transferencia. Los recursos transferidos mediante transferencias fi nancieras son utilizados, exclusivamente, para las acciones de control concurrente de las inversiones para las cuales se trans fi eren dichos recursos; Que, mediante el O fi cio N° 000092-2024-CG/SESNC, la Contraloría General de la República comunica que el monto a transferir para el control concurrente para la inversión con CUI N° 2309659: “Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 273, 277, 278, 279, 280, 394 y 395 distrito de Ventanilla - provincia de Callao - departamento de Callao”, durante la vigencia del Decreto de Urgencia N° 006-2024 (año 2024), asciende a la suma de S/ 458 753.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), del saldo pendiente de transferir ascendente a la suma de S/ 1 401 830.23 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 23/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General; Que, a través del Memorando N° D00030-2024- VIVIENDA/VMCS-PASLC, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao (PASLC), sustentada en el Informe N° D00019-2024-VIVIENDA/VMCS-PASLC-3.1 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y en el Memorando N° D00118-2024- VIVIENDA/VMCS-PASLC-4.2 de la Unidad de Obras, solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 458 753.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para el control concurrente de la inversión con CUI N° 2309659; Que, con el Memorando N° D00050-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° D00022-2024-VIVIENDA/SG/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 006: Agua Segura para Lima y Callao, hasta por la suma de S/ 458 753.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de la inversión con CUI N° 2309659; Que, mediante el Informe N° D00029-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 de artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 458 753.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catorias; la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la e fi ciencia del gasto público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 458 753.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente para la inversión con CUI N° 2309659: “Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 273, 277, 278, 279, 280, 394 y 395 distrito de Ventanilla - provincia de Callao - departamento de Callao”, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y sus modi fi catorias. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 006: Agua Segura para Lima y Callao; por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.