Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (17/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 17 de agosto de 2024 El Peruano / Peruano, a la señora Úrsula Ruth Zárate Villanueva en el cargo de con fi anza de Responsable de la Unidad para la Mejora de Prestación de los Servicios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución Directoral a la señora Úrsula Ruth Zárate Villanueva y a la Unidad de Administración, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y gestione su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSSINA MANCHE MANTERO Directora Ejecutiva de PNSUPrograma Nacional de Saneamiento Urbano 2316171-1 Disponen la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00046-2024- VIVIENDA/VMCS-DGPRCS Lima, 14 de agosto de 2024 VISTO, el Informe N° D00014-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que el Ministerio tiene competencia, entre otras, en la materia de construcción, y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 018-2017-PCM, que aprueba medidas para fortalecer la plani fi cación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y otras disposiciones; ordena transferir a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo; Nº 1200, las funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, relativas a Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones a los que se refi eren los literales k) y l) del artículo 12 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, modi fi cada por el referido Decreto Legislativo, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); Que, el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS) es el órgano de línea del MVCS, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materia de construcción y saneamiento; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar servicios de saneamiento y construcciones seguras y sostenibles, especialmente orientada a la población rural o de menores recursos; además regula la promoción de la inversión privada y el desarrollo del mercado inmobiliario, así como la disminución de la informalidad en materia de construcción; Que, a través de los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, se encargan diversas funciones a la Dirección de Construcción (DC) y a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS), respectivamente, entre ellas, a la DC, de proponer las profesiones a fi nes que cumplan con el per fi l profesional para ser inspector/a técnico/a de seguridad en edi fi caciones; así como a la DGPRCS, para que determine las profesiones a fi nes que cumplan con el per fi l profesional para ser inspector/a técnico/a de seguridad en edi fi caciones; Que, el artículo 54 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, señala que el inspector es el profesional colegiado y hábil, con título a nombre de la Nación, de las especialidades de arquitectura, ingeniería civil, ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica, ingeniería mecánica, ingeniería mecánica eléctrica, ingeniería industrial, ingeniería de seguridad e higiene industrial, ingeniería sanitaria, ingeniería química e ingeniería de minas y profesiones afi nes que determine el MVCS; Que, mediante el Informe N° D00014-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DC, la DC sustenta la propuesta de profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, a que se re fi ere el artículo 54 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, por el plazo de diez (10) días hábiles a fi n de recibir comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N°064-2018-PCM; la Resolución Ministerial Nº 106-2020-VIVIENDA y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas.