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36 NORMAS LEGALES Sábado 17 de agosto de 2024 El Peruano / En aplicación de lo previsto en los artículos 28 y 33 del Reglamento General del Osiptel aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el inciso b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osiptel en su Sesión N° 1002/24; SE RESUELVE:Artículo 1.- Fijar en 1.0000 el valor del Factor de Control aplicable para el Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I de las Canastas C, D y E, prestados por Telefónica del Perú S.A.A., que se establece mediante la presente resolución de acuerdo al régimen de fórmulas de tarifas tope. Artículo 2.- Establecer las variaciones de las tarifas tope para cada una de las Canastas de Servicios C, D y E, que regirán a partir del 01 de setiembre de 2024, en cero por ciento (0.00%). Artículo 3.- Precisar que, conforme al ajuste tarifario establecido mediante la presente resolución, las tarifas topes de los Servicios de Categoría I prestados por Telefónica del Perú S.A.A. se mantienen en sus niveles vigentes, por lo que no se requiere una nueva publicación de dichas tarifas. Artículo 4.- Precisar que, de acuerdo al ajuste trimestral que se aprueba mediante la presente resolución, dentro del régimen de fórmulas de tarifas tope y según la normativa vigente, en las Canastas C, D y E no se cuenta con crédito en el presente ajuste tarifario. Artículo 5.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución es sancionado conforme a lo previsto en los contratos de concesión de los que es titular Telefónica del Perú S.A.A. y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolución N° 087-2013-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias, o norma que lo sustituya, así como otras normas que resulten aplicables. Artículo 6.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, con su exposición de motivos y su Informe Sustentatorio, sean noti fi cados a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y se publiquen en el Portal Electrónico del Osiptel (página web institucional: https://www.gob.pe/osiptel). Artículo 7.- La presente resolución entrará en vigencia el 1 de setiembre de 2024. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO VÁSQUEZ CORDANO Presidente Ejecutivo (e)Consejo Directivo 1 Recibida el 31 de julio de 2024. 2315856-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Directora de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 158-2024-ATU/PE Lima, 16 de agosto de 2024VISTOS: El Memorando N° D-000191-2024-ATU/PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe N° D-000239- 2024- ATU/GG-OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000422-2024- ATU/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30900 se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la ATU, cargo considerado de con fi anza de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), aprobado por Resolución Ministerial N° 227-2019-MTC/01, de fecha 28 de marzo de 2019, actualizado con Resolución de Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos N° D-000090- 2023-ATU/GG- OGRH de fecha 12 de septiembre de 2023; Que, mediante Memorando N° D-000191-2024- ATU/PE, de fecha 16 de agosto de 2024, la Presidencia Ejecutiva de la ATU propone designar a la señora MARÍA INÉS ESQUIVEL VALDIVIA en el cargo de Directora de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la ATU; Que, a través del Informe N° D-000239-2024-ATU/ GG-OGRH, de fecha 16 de agosto de 2024, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente la designación propuesta; Que, mediante Informe N° D-000422-2024-ATU/OAJ, de fecha 16 de agosto de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente; Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora MARÍA INÉS ESQUIVEL VALDIVIA, en el cargo de Directora de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la señora MARÍA INÉS ESQUIVEL VALDIVIA y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARYBEL VIDAL MATOS Presidenta Ejecutiva 2316382-1