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226 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / delito; por tanto, con incidencia directa en la celeridad procesal. Entonces, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; a lo precedentemente expuesto y considerando que la atribución para designar fi scales provisionales es necesaria para el efi caz cumplimiento de las funciones constitucionales de defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la persecución del delito en todas sus modalidades; se estima oportuno disponer que los nombramientos y designaciones de los fi scales provisionales a nivel nacional, mantengan su vigencia a partir del 1 de enero de 2025 hasta que se presente alguna de las condiciones resolutorias siguientes: (i) El nombramiento del fi scal titular por la Junta Nacional de Justicia. (ii) La designación del fi scal titular en la plaza ocupada por el fi scal provisional. (iii) El nombramiento y designación del fi scal provisional como consecuencia del concurso/convocatoria de mérito en el Ministerio Público. (iv) Por orden presupuestal, comprendiendo en este supuesto la condición de la plaza fi scal a ocupar -sea de carácter permanente o transitorio-, conforme se haya establecido para su creación. Así como, otra disposición por necesidad de servicio. (v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fi scal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional. (vi) El incumplimiento o afectación a las condiciones que se requieren para su nombramiento como fi scal, o se transgreda el orden normativo aplicable a los fi scales. (vii) Se presente alguna otra condición, circunstancia u otra causal, que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual han sido nombrados. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2025, que los nombramientos y designaciones de los fi scales provisionales a nivel nacional mantengan su vigencia hasta que se presente alguna de las condiciones resolutorias señaladas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la notifi cación de la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Junta Nacional de Justicia, Presidencias de la Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación Nacional de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales avocados al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2358316-1 Proclaman Presidente de la Junta de Fiscales Superiores en el Distrito Fiscal de Lima Sur, para el período 2025-2026 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2957-2024-MP-FN Lima, 30 de diciembre de 2024 VISTO Y CONSIDERANDO:El artículo 63 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, establece que, en los distritos judiciales, ahora distritos fi scales, donde haya tres o más Fiscales Superiores Titulares se constituye la Junta de Fiscales Superiores. El artículo 87 del citado cuerpo normativo, modifi cado con la Ley Nº 29286, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 4 de diciembre de 2008, prevé que: “El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores es elegido por un período de dos (2) años, entre los Fiscales Superiores Titulares. En caso de empate será electo el candidato con mayor antigüedad en el cargo. De la misma forma se elegirá al Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales. En los distritos judiciales donde no se constituye Junta de Fiscales Superiores, asumen las funciones del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, en forma rotativa, los Fiscales Superiores Titulares. En caso de no existir titulares, rotan los Fiscales Superiores Provisionales”. En esa línea, se efectúo el proceso de elección del Presidente de las Juntas de Fiscales Superiores de Lima Sur para el período 2025-2026, eligiéndose a la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, fi scal superior titular penal de Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en el despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Lima Sur; sin embargo, presenta su desistimiento, es decir su declinación para asumir el cargo de presidenta en dicho distrito fi scal, por motivos de salud (adjuntando la documentación de su estado de salud). Con el Ofi cio Nº 6526-2024-MP-FN-PJFSLIMASUR, el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, fi scal superior titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima Sur, designado en el despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Lima Sur, expresa su conformidad para asumir el cargo de presidente de las Junta de Fiscales Superiores en el Distrito Fiscal de Lima Sur, para el período 2025-2026. De la verifi cación del Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales, se advierte que en el Distrito Fiscal de Lima Sur se desempeñan dos fi scales superiores titulares: el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, fi scal superior titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima Sur, designado en el despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Lima Sur; y, la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, fi scal