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233 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTO: El ofi cio N° 000172-2024-MP-FN-FSP-6FCPCLRBJM, de fecha 3 de diciembre de 2024, y; CONSIDERANDO: A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3067-2023-MP-FN, de fecha 9 de noviembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Percy Valencia Pretell, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 2° Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro. Posteriormente, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1458-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024, se resolvió prorrogar la vigencia de su nombramiento y designación. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 632-2024-MP-FN, de fecha 5 de marzo de 2024, se resolvió nombrar a la abogada Eveligne Lorena Medina Almeyda, como fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Posteriormente, se dispuso prorrogar la vigencia de su nombramiento y designación con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1464-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. De acuerdo, al artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográfi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral n° 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. Mediante el ofi cio de visto, cursado por la abogada Rosario Susana López Wong, fi scal suprema provisional, designada en el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, se elevan propuestas de designación y destaques de personal fi scal a su despacho. En ese sentido, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; y, en mérito a lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación descritos en el primer párrafo de la presente resolución.Consecuentemente, previa verifi cación a los requisitos de ley y en mérito al marco normativo, resulta oportuno nombrar al abogado Percy Valencia Pretell, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para lo cual, previamente se deberán dar por concluidos el nombramiento y designación de la abogada Eveligne Lorena Medina Almeyda, señalados en el segundo párrafo de la presente resolución. Del mismo modo, estando a que la plaza de fi scal adjunto provincial en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, se encuentra pendiente de ocupar, previa verifi cación a los requisitos de ley y en mérito al marco normativo, se ha considerado oportuno, nombrar al abogado Richard Jesús Pachas Yataco, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el referido despacho, con reserva de su plaza de origen. Cabe precisar, que los nombramientos y designaciones que se mencionan en los párrafos noveno y décimo, surtirán efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta la disponibilidad presupuestal, otra disposición por necesidad de servicio o se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en los párrafos que anteceden y a la normatividad vigente, teniendo en consideración adicionalmente que la plaza a ocupar -con carácter transitorio- señalada en el noveno párrafo, corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019. Finalmente, estando a la necesidad de servicio vinculada a la elevada carga laboral que afronta el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, la cual se ha identifi cado previa verifi cación del reporte de carga laboral y producción fi scal -proporcionado de manera periódica por la Ofi cina de Control de Productividad Fiscal-; resulta pertinente destacar al abogado Richard Jesús Pachas Yataco para que preste apoyo a referido despacho, a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo n° 052 y modifi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Percy Valencia Pretell, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 2° Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro; por consiguiente, dejar sin efecto la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 3067-2023-MP-FN y 1458-2024-MP-FN, de fechas 9 de noviembre de 2023 y 28 de junio de 2024, respectivamente; a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo quinto de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Eveligne Lorena Medina Almeyda, como fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; por consiguiente, dejar sin efecto la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 632-2024-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 5 de marzo y 28 de junio de 2024 respectivamente; a partir de la fecha de notifi cación de la presente resolución. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Percy Valencia Pretell, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Richard Jesús Pachas Yataco, como fi scal adjunto provincial provisional